El SERGAS, condenado por negar a una familia despedirse de una enferma de cáncer en Vigo
El Juzgado de Vigo obliga a pagar 16.000 euros a los allegados de una mujer con cáncer terminal a la que no pudieron acompañar en sus últimos días por restricciones COVID, a pesar de que ya habían pasado casi dos años del inicio de la pandemia del coronavirus, por lo que las restricciones ya eran más leves. Un caso que reabre el debate sobre protocolos y derechos humanos cuando nos acercamos al quinto aniversario de la crisis.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 de Vigo ha sentenciado a la Consellería de Sanidade a indemnizar con 16.000 euros al marido y los tres hijos de una paciente que murió en el Hospital Álvaro Cunqueiro en febrero de 2022, sin que sus familiares pudieran despedirse de ella debido a las restricciones por COVID. La magistrada determinó que existió un «daño moral injustificable», ya que la mujer, diagnosticada con cáncer terminal en fase IV, pasó sus últimos días en soledad pese a las reiteradas peticiones de sus allegados para acompañarla.
La resolución judicial, firme y sin posibilidad de apelación, reconoce que el centro hospitalario denegó las visitas argumentando que la paciente había dado positivo en COVID durante su ingreso, entre el 20 de enero y el 1 de febrero de 2022. No obstante, la jueza subraya que, a partir del 24 de enero, los informes médicos ya reflejaban que la mujer presentaba «mínima consciencia» y estaba bajo tratamiento paliativo con morfina, lo que debió activar el protocolo de acompañamiento en fase terminal.
La Consellería de Sanidade defendió que actuó conforme a las normas vigentes, permitiendo el acceso de los familiares solo cuando se confirmó la inminencia del fallecimiento. Sin embargo, el fallo considera que hubo «indicios suficientes» desde cuatro días antes para flexibilizar las medidas, especialmente cuando la situación epidemiológica en enero de 2022 «no justificaba restricciones extremas».
El dilema entre salud pública y derechos emocionales
El caso se enmarca en una ola de demandas similares en España, donde tribunales han fallado a favor de familias que reclamaron indemnizaciones por no poder despedirse de seres queridos durante la pandemia. La semana pasada, un juzgado de Madrid condenó a otro hospital por un caso análogo, señalando que «el derecho a la despedida no puede subordinarse de forma absoluta a protocolos sanitarios».
En Vigo, la sentencia recalca que, aunque las restricciones iniciales eran legítimas, «la aplicación rígida de los protocolos vulneró el derecho al duelo». Los familiares solo pudieron ver a la paciente el 29 de enero, dos días antes de su muerte, cuando su estado de consciencia era «prácticamente nulo». La magistrada enfatiza que esta privación generó un «sufrimiento añadido» en un contexto ya traumático.
Un precedente para futuras crisis sanitarias
El fallo coincide con informes de colegios de psicología que alertan sobre las secuelas emocionales en familias afectadas por restricciones de acompañamiento durante la pandemia. El texto, citado indirectamente en la sentencia, aboga por protocolos más flexibles que prioricen el bienestar psicológico en situaciones terminales.
El caso del Álvaro Cunqueiro sienta un precedente sobre cómo equilibrar medidas de salud pública y derechos fundamentales en emergencias sanitarias. Una discusión que, cinco años después de la tragedia, sigue vigente en la comunidad gallega.
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