Voluntariado de Protección Civil, jugársela por humanidad
La DANA caída sobre Valencia puso en el foco a los diferentes cuerpos que asisten a la ciudadanía en caso de desastre o emergencia y uno de ellos son los voluntarios y voluntarias de Protección Civil. No han sido muy “enfocados” por las cámaras pero sí se sabía de su presencia. Lo que distingue a este cuerpo frente a otros es que, en su mayoría, son personas voluntarias y sin remuneración, personas que se la juegan por altruismo
Los equipos de voluntariado para Protección Civil se rigen por el decreto 56/2000 de la Xunta de Galicia, que establece que los equipos de voluntariado son competencia municipal y dependen del alcalde o alcaldesa, pero a diferencia de otros lugares del Estado, en el caso gallego debe existir una junta directiva que como mínimo reúne presidencia, tesorería y secretaría. ¿Y por qué un ayuntamiento querría tener un equipo de Protección Civil? ¿Qué puede aportar? ¿Por qué querría alguien sacrificar tiempo y esfuerzo por un trabajo no remunerado en la mayoría de los casos (hay personal remunerado en puestos de alta responsabilidad)?
BASES Y ESTRATIFICACIÓN
Si bien los poderes públicos son los que deben velar por garantizar el derecho a la vida y el derecho a la integridad física, en circunstancias excepcionales los propios poderes públicos pueden imponer a la ciudadanía deberes para atender riesgos graves, catástrofes y “calamidad pública”. Este argumento se recoge en la Constitución dentro de los artículos 2 (principios de unidad nacional y solidaridad territorial), 15 (derecho a la vida y a la integridad física) y 103 (exigencia de eficacia y coordinación administrativa). Por ello, el artículo 30.4 de la Constitución es el que otorga facultades a los poderes públicos para movilizar a la población civil en caso de ser necesario.
¿Es por todo esto por lo cuál decide un ayuntamiento crear su agrupación de Protección Civil? “Entre otros factores están el querer fomentar el voluntariado y el disponer de un equipo de personas preparadas para emergencias” dice Oliva Trasancos secretaria de la Asociación Provincial de Protección Civil de A Coruña. De esta forma se establece un órgano más dentro de lo que sería el aparato de Protección Civil en el que intervienen otros cuerpos civiles, policiales y militares en caso de ser necesario.
Dicho esto, la creación de una agrupación local debe pasar por la aprobación del pleno municipal. Una vez hecho esto se publica en el Boletín Oficial de la Provincia la creación del grupo y el reglamento bajo el que se rige. El primer responsable es el jefe del gobierno local que puede, o no, ser el presidente de la agrupación de Protección Civil, pero aunque no lo sea, alcalde o alcaldesa son los responsables máximos de la agrupación local.
Una vez se pone en marcha, el ayuntamiento solicita una serie de ítems a la Xunta de Galicia: vehículos, equipos de primeros auxilios, etc. Normalmente, el gobierno autonómici suele destinar partidas para dotar de elementos a las diferentes agrupaciones que lo soliciten. Al mismo tiempo, las agrupaciones locales forman parte de una asociación provincial que funcionará como organismo intermediario con las administraciones públicas.
Por otra parte, ante el desigual reparto poblacional en Galicia, existen zonas donde el número de agrupaciones cubre una zona amplia. Sin embargo, en áreas del rural donde es posible que solo un ayuntamiento se pueda permitir tener una agrupación, este ayuntamiento puede “compartir” la agrupación con otros municipios que colaboran en el mantenimiento de esta agrupación. “Esto da puntos al municipio matriz a la hora de solicitar material”.
En caso de necesidad, Xunta, Diputaciones, mancomunidades, etc., consultan con las asociaciones cómo actuar en determinados casos o movilizar los dispositivos locales en determinadas áreas, si es posible hacerlo, etc. Las asociaciones transmiten a los organismos públicos la posibilidad de desarrollar un operativo y las necesidades que implica para estar preparados.
FORMACIÓN
La formación del personal voluntario se realiza en la Academia Galega de Seguridade Pública. Aquí se recibe a los y las voluntarias que desean incorporarse para el curso básico de Protección Civil. El acceso a estos cursos básicos se accede con el cumplimiento de una serie de cláusulas, como por ejemplo:
1. Estar inscrito como candidato/a a voluntario/a en la correspondiente AVPC del RGAVPC
2. Requisitos físicos/psíquicos: los/las solicitantes deberán acreditar que no padecen enfermedad ni están afectados por limitación física o psíquica incompatible con la realización de las acciones formativas o el desempeño de las funciones correspondientes al curso al que se opta, mediante declaración que se cubrirá junto con la solicitud de matricula en el curso
3. Los requerimientos técnicos para usar la web de los cursos de la Agasp (basada en una herramienta de aprendizaje electrónica o e-learning)
El o la voluntaria entra en un proceso de formación continua y especializada. “Solemos hacer cursos en lugares a donde se puedan trasladar fácilmente los voluntarios y estas formaciones suelen ser más especializadas” apunta Trasancos. Esto último es a lo que se refiere el hecho de que los municipios quieran contar con especialistas a mayores de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, bomberos, etc.
La creación de agrupaciones depende de las posibilidades del ayuntamiento, de que los y las voluntarias reciban una formación básica y continua además de una coordinación eficiente entre las asociaciones provinciales, ayuntamientos, diputaciones, Xunta y Gobierno central de ser necesario.
Escribe tu comentario