El SERGAS compró 2.000 veces la misma PCR saltándose las normas, advierte el Consello de Contas
¿Hay motivos para una auditoría de las compras de emergencia del SERGAS durante la pandemia como pide el BNG y rechaza el PP? El informe del Consello de Contas, un órgano de la propia Xunta, señala que SERGAS compró 2.000 veces en un año la misma PCR. Un ejemplo de la “vulneración normativa” en “muchas” de las compras mediante “fragmentación de los objetos del contrato para no exceder el límite legal para el contrato menor”. El Área Sanitaria de Santiago, consultada por Galiciapress, indica que actúo siempre siguiendo los principios de eficacia y eficiencia.
El presidente de la Xunta se negó ayer a investigar la compra de material durante la covid alegando que ya lo había auditado el Consello de Contas. En opinión de Alfonso Rueda, “no hay nada que ocultar” y los que piden una investigación solo buscan “desviar la atención” del caso Koldo.
No lo ve igual el Bloque. Su diputado Luis Bará dio ayer una rueda de prensa para, precisamente, reclamar una auditoría externa, alegando que el Consello de Contas -el ente de la propia Xunta que fiscaliza los números de la Administración- encontró irregularidades importantes lo que, a la vista de los recientes escándalos, justificaría un examen más detallado.
¿Quién tiene la razón?
¿Hasta qué punto juzga el Consello de Contas?
Lo primero que hay que señalar que el Consello de Contas no tiene competencias para declarar un contrato legal o ilegal, ni mucho menos para castigar al responsable. Su labor se limita a evaluar la documentación que le remiten los auditados, identificar irregularidades, proponer mejores prácticas y, en su caso, poner los defectos encontrados en conocimiento de la Justicia, si son sospechosos de tipo penal.
Ahora bien, esto último, remitir irregularidades a la Fiscalía para la apertura de una investigación judicial, es algo extraordinario. De hecho, jamás ha sucedido en la historia reciente de la autonomía.
Por lo tanto, argumentar que todo está bien porque Contas haya auditado los contratos es una media verdad. Contas no ha encontrado indicios de delito pero sí describe irregularidades generalizadas, de calado, además.
Consello de Contas: “Todas las adquisiciones relativas al capítulo II dentro del proyecto de gasto COVID-19 se efectuaron, en 2020, mediante pedidos directos a proveedores no amparados en ningún expediente de emergencia, con la consiguiente vulneración normativa en muchas de las adquisiciones”
Por ejemplo, en lo referido al Área Sanitaria de Santiago señala que “todas las adquisiciones relativas al capítulo II dentro del proyecto de gasto COVID-19 se efectuaron, en 2020, mediante pedidos directos a proveedores no amparados en ningún expediente de emergencia, con la consiguiente vulneración normativa en muchas de las adquisiciones”.
Tramitar un expediente de emergencia permite a las administraciones saltarse salvaguardas como tener que pedir varias ofertas o sacar una licitación pública pero, eso sí, es imprescindible justificar la situación de emergencia. Justificada ésta, la ley permite básicamente la contratación de emergencia a dedo, incluso verbal. Lo que está diciendo Contas es que el Área de Santiago compró el material contra la covid directamente, sin un expediente que justificase la emergencia y, por lo tanto, saltándose las normas.
Galiciapress se puso en contacto ayer en el Área Sanitaria de Santiago para que comentase la conclusión de los contables públicos. Esta es su respuesta:
En relación ao retraso na tramitación de expedientes de emerxencia, cómpre indicar que a situación de emerxencia xurdida a raíz do COVID-19 prevíase nun primeiro momento como unha situación puntual, pero en vista da prolongación no tempo da mesma, foi cando se comenzaron a adquirir as subministracións e servizos necesarios a través dos expedientes de emerxencia. Dende que se decretara o Estado de Alarma o 14 de marzo de 2020, esta Área Sanitaria tramitou un total de 12 expedientes polo trámite de emerxencia citado.
Otra vía que tienen las Administraciones para esquivar la obligación del concurso público es adjudicar contratos de poca cuantía. En los llamados contratos menores, no está permitida la contratación verbal pero sí la adjudicación casi a dedo, basta pedir ofertas a un número de compañías del sector, compañías que escoge la administración licitante. No hay concurso público.
Ahora bien, como es una vía que evidentemente restringe la competencia y favorece las corruptelas, las normas establecen unos límites, relativamente modestos para este tipo de contratos. Está prohibido explícitamente fragmentar artificialmente las compras, por ejemplo comprar 10 lotes de 100 bolígrafos mediante diez contratos menores en vez de 1.000 bolígrafos mediante un solo contrato ordinario.
Pues bien, el Consello de Contas señala que el Área Sanitaria de Santiago fragmentó artificialmente los contratos de la compra de material.
Así, tras apuntar a la existencia de “multiplicidad de pedidos en la misma fecha para el mismo producto y proveedor” y la “clara fragmentación de los objetos del contrato para no exceder el límite legal para el contrato menor” pone el siguiente ejemplo.
Contas descubrió que en 2020 el SERGAS compró 4,4 millones en pruebas de PCR con secuenciación genética para la detección cualitativa del coronavirus. En vez de comprarlas mediante un número limitado de contratos por procedimiento ordinario, o mediante pequeños contratos emergencia pero justificando tal situación, realizó un total de 1.953 contratos menores del mismo material. Es decir, en un año, compró lo mismo casi 2.000 veces.
Al respecto, el área sanitaria de Santiago responde lo siguiente:
Respecto da acumulación de pedidos dun mesmo producto nunha mesma data indicar que non responde á finalidade de fragmentar a contía para tomalo como contrato menor, tal e como indica o informe de fiscalización; nas circunstancias xa expostas, dada a necesidade de celeridade e inmediatez de obter material era necesario comprometer pedidos en suficente cantidade e tendo en conta o brutal incremento dos prezos isto implicou en moitos casos a necesidade de emitir un maior número de pedidos pero en ningún caso se pretendía a finalidade indicada no informe de fiscalización e menos cando estaba declarada unha situación de emerxencia.
El departamento de Eloíña Nuñez añade que “en todo caso, este Área Sanitaria guiouse en todo momento segundo os principios de eficiencia e eficacia para conseguir o material necesario e da maior calidade posible ao menor prezo posible dentro das especiais circunstancias do mercado e en función das diferentes características dos bens a adquirir, basicamente equipamento e productos consumibles de protección de carácter funxible”.
DOCUMENTACIÓN NO ACCESIBLE AL PÚBLICO
Otro de los problemas que ve Contas en la documentación que le remitió el SERGAS es que está incompleta. De hecho, Santiago es una de las que remitió documentación, hay otras que directamente no respondieron a la petición de los auditores. En concreto, las áreas sanitarias de Lugo y Ourense no facilitaron información sobre sus tramitaciones de emergencia.
Más allá del ejemplo de las 2.000 compras de la misma PCR, el Consello de Contas no apunta a defectos en contratos concretos. Sí señala numerosas irregularidades en la forma de ejecutar los expedientes.
Por ejemplo, sobre las tramitaciones de emergencia en 2021, el Consello indica que “no se facilitó ningún antecedente, por lo que no constan los adjudicatarios ni el material adquirido, no se dictan las pertinentes resoluciones, ni se formaliza ningún contrato”. Además, señala que, sobre todo al principio de pandemia, la Xunta recurrió a contrataciones de emergencia con empresas que no eran proveedores habituales del sector sanitario, pero que tenían contactos en China.
Contas se queja, además, de que falta publicidad. Así, el Informe indica que “en el perfil del contratante y en los portales de transparencia del Sergas no figura ninguno de los contratos relativos a los expedientes tramitados en vía de emergencia”. De hecho, explica que el ejemplo de las casi 2.000 veces que se compró el mismo tipo de PCR lo descubrió a través de un portal de logística, no de la documentación oficial.
Cuando hay una emergencia, la Administración puede contratar a dedo e incluso verbalmente. Ahora bien, pasada la emergencia, la Administración debe publicar la documentación en sus web. Por ejemplo, Infraestructuras, cuando hay un problema en un puente, primero realiza el contrato y después deja constancia de la documentación en su perfil del contratante. Por algún motivo, no sucedió así con el SERGAS.
Escribe tu comentario