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El TSXG confirma que el Sergas debe pagar 35.000 euros a un paciente por error al diagnosticar una torsión testicular

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado una sentencia por la que el Servizo Galego de Saúde (Sergas) debe indemnizar con 35.000 euros a un paciente de 24 años por un error en el diagnóstico de la torsión del testículo derecho, el cual acabó perdiendo.

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado una sentencia por la que el Servizo Galego de Saúde (Sergas) debe indemnizar con 35.000 euros a un paciente de 24 años por un error en el diagnóstico de la torsión del testículo derecho, el cual acabó perdiendo.

Según un fallo fechado a 28 de marzo, la sección tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo ha desestimado el recurso interpuesto por el Sergas contra la sentencia emitida en julio de 2024 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra, que estableció la mencionada indemnización.

La sentencia de primera instancia, que ahora se ratifica, vio un "funcionamiento anormal" del sistema público en el punto de atención continuada (PAC) de Silleda, donde la facultativa que le atendió no vio la torsión testicular que finalmente se diagnosticó al paciente cuatro días después, en las urgencias Hospital Clínico de Santiago. Entonces, se le tuvo que practicar una orquiectomía que supuso la pérdida del testículo derecho.

Los magistrados del TSXG señalan en el fallo que son conocedores "por otros casos similares" que los protocolos médicos a seguir "refieren que cuando un paciente tiene una dolencia a nivel testicular hay que actuar con rapidez", especialmente con los jóvenes.

"Si transcurre un número de horas determinado desde el inicio del dolor intenso testicular difícilmente se puede salvar el órgano mencionado, al necrosarse e infartarse", añade el alto tribunal gallego, que además menciona que la detección a tiempo requiere realizar una "ecografía 'doppler' escrotal".

Esta prueba "se declinó hacer porque la doctora que atendió al paciente en el PAC de Silleda no observó signos ostensibles de que el paciente pudiera estar padeciendo el día que le atendió en consulta la torsión testicular".

Por tanto, el TSXG concluye en la sentencia, todavía recurrible ante el Tribunal Supremo, que de haber pautado la realización de la prueba ecográfica, "habría mayores probabilidades de salvar el testículo, por lo que remitir al paciente de nuevo al domicilio prescribiéndole unos antiinflamatorios fue inadecuado". Todo ello le ocasionó "una pérdida de oportunidad terapéutica".

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