Stellantis Vigo y Prosegur, condenadas por cesión ilegal de trabajadores
Una empleada estuvo décadas trabajando en la fábrica de Balaídos encadenando subcontrata tras subcontrata. Meses después de que pidiese que Stellantis la contratase directamente, fue despedida.
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia acaba de confirmar una sentencia condenatoria contra Peugeot Citroën España S.A. (ahora conocida como Stellantis) y a la empresa de servicios ESC Servicios Generales SL (parte del grupo Prosegur) por cesión ilegal de trabajadores. Los jueces ratifican una sentencia previa del juzgado de los social número 4 de Vigo de 2022 que condenaba a las citadas empresas a la readmisión de una trabajadora o a pagarle una indemnización de más de 38.000 euros.
Según figura en la sentencia de la Sala de lo Social del TXSG a la que ha tenido acceso esta redacción, los jueces ven probado, que la trabajadora recurrente llevaba trabajando en la fábrica de Stellantis en Balaídos desde 2004, es decir, 20 años. Eso sí, nunca había sido trabajadora de la multinacional del automóvil.
La proletaria fue pasando subrogada de subcontrata a subcontrata: Liceo español de Métodos Audiovisuales, Servimax Servicios Generales, Servicios Securitas, Ilunion Outsourcing y finalmente la citada filial de Prosegur. Durante esas décadas hizo de todo, desde el pago de facturas hasta servicios de vigilancia, terminando su carrera en un despacho con trabajadores que sí eran plantilla de Stellantis.
En 2022, ESC Servicios Generales SL la despidió alegando que Stellantis le había recortado la contrata. El despido llegó dos meses después de que la asalariada reclamase por escrito que “se regularice mi situación como trabajadora de esa empresa, PSA-CITROËN AUTOMÓVILES ESPAÑA S.A, en el puesto de secretaria-Administrativa del Departamento de Medios Generales (personal mensual), que llevo ocupando hace más de diez años, sin que resulte procedente ningún cambio en mi situación laboral más que la citada regularización, pasando a ser empleada directa de PSA ( STELLANTIS)”.
Así las cosas, el juzgado de lo social de Vigo le dio parcialmente la razón a la trabajadora, declarando improcedente el despido, lo que obligaba a Stellantis a readmitir o a pagarle junto con la filial de Prosegur la citada indemnización. No logró la demandante que se condenase a la anterior subcontrata para la que había trabajado, Ilunión Outsourcing.
Stellantis y su subcontratista optaron por no readmitirla ni pagarle y prolongar el pleito, que ahora acaban de perder en segunda instancia. Con todo, todavía podían prolongarlo más, pues contra esta nueva sentencia, todavía cabe recurso de casación. Así, si tiene suerte, la trabajadora podría tener que esperar varios años -el despido fue en 2022- antes de ver un duro.
NO ES UN CASO PUNTUAL, DICE LA CUT
¿Es este caso algo puntual o reflejo de una política de Stellantis de reducir costes recurriendo a ETTs y servicios externos, aunque esto implique tener a trabajadoras en sus instalaciones siendo subrogadas durante décadas?
“Non é a primeira condena que teñen de cesión ilegal de traballadores, xa a tiveron co servizo de bombeiros”, apunta Vitor Mariño, delegado sindical de CUT en Stellantis Vigo.
Mariño apunta a que muchos de los pleitos que los trabajadores de las subcontratas presentan por cesión ilegal de trabajadores se acaban ganando por que “Stellantis o que fai é externalizar o servizo pero ao final sempre hai un responsable xerárquico de Stellantis que é o que manda sobre todo, pasa en bomberos, pasa na cociña, pasa en Ilunion …”. “Stellantis é unha empresa multiservicios, subcontrata todo, pero controla todo”, concluye.
Algunos de los sindicatos de Stellantis llevan años quejándose de que el grupo está limando continuamente su cuadro de personal propio, sustituyendo trabajadores de la casa -a los que facilita la salida en algunos casos mediante bajas incentivadas en EREs pactados con algunas centrales- por personas contratadas a través de ETTs.
El trabajo se vuelve así más precario para el operario pero a la empresa le permite tener más flexibilidad en la plantilla y, en algunos casos, reducir costes laborales. La reducción de costes es una de las prioridades del actual CEO, Carlos Tavares.
¿Cuándo se produce cesión ilegal de trabajadores en España de acuerdo a las leyes vigentes?
La cesión ilegal de trabajadores en España se produce cuando una empresa cede a sus empleados a otra empresa sin cumplir con los requisitos legales establecidos para las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) o sin que exista una relación contractual válida que justifique dicha cesión. Según el artículo 43 del Estatuto de los Trabajadores, se considera cesión ilegal de trabajadores cuando la empresa que cede al trabajador no está registrada ni actúa como una Empresa de Trabajo Temporal (ETT) debidamente autorizada para realizar actividades de puesta a disposición de trabajadores; cuando la empresa cedente no realiza una actividad real y continua que justifique la contratación de trabajadores, es decir, si una empresa contrata empleados únicamente para cederlos a otra empresa, sin llevar a cabo una actividad productiva propia; y cuando los trabajadores cedidos realizan su actividad bajo la dirección y organización de la empresa que los recibe (empresa cesionaria), lo que implica que esta última se comporta como su verdadero empleador, que es lo que se aprecia en la sentencia de esta noticia.
La cesión ilegal de trabajadores conlleva varias consecuencias legales tanto para la empresa cedente como para la empresa cesionaria. En primer lugar, existe una responsabilidad solidaria, por lo que tanto la empresa cedente como la cesionaria serán responsables solidariamente de las obligaciones laborales y de seguridad social contraídas con los trabajadores afectados. Esto es precisamente lo que dicta la sentencia, la indemnización deben abonarla tanto Stellantis como la subcontrata.
En segundo lugar, se considerará que existe una relación laboral directa entre los trabajadores cedidos y la empresa cesionaria, lo que significa que los empleados tienen derecho a ser considerados trabajadores de la empresa que los ha recibido, con todos los derechos y beneficios correspondientes. Además, las empresas involucradas en cesión ilegal de trabajadores pueden ser sancionadas con multas por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y estas multas pueden variar dependiendo de la gravedad de la infracción.
Existen algunas situaciones en las que la cesión de trabajadores no se considera ilegal, tales como la subcontratación legítima, cuando una empresa contrata a otra para realizar una obra o servicio específico, siempre que esta última realice una actividad real y no se limite a poner a disposición trabajadores; y en el caso de las Empresas de Trabajo Temporal (ETT), que están legalmente autorizadas para contratar trabajadores y ponerlos a disposición de otras empresas de forma temporal, cumpliendo con la normativa específica que regula su actividad.
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