El TSXG ahonda en la herida de las eólicas y paralizan dos nuevos proyectos
El alto tribunal gallego suspende, de forma cautelar, las autorizaciones de dos parques eólicos tras la suspensión de más de una docena esta misma semana.
Nuevo golpe de la Justicia gallega a los macroporyectos eólicos de la comunidad. Una nueva resolución de la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) decreta la suspensión cautelar del parque eólico Serra do Faro Ampliación II y del proyecto del parque eólico As Penizas, situado en los municipios de Forcarei y Cercedo-Cotobade.
EN MEDIO DE LA POLÉMICA
La declración llega solo unos días después del anuncio de la suspensión de hasta trece proyectos por la consulta del TSXG al TJUE, pese a la declaración favorable del Tribunal Supremo emitida a finales de 2023. De esta forma, mientras no se pronuncien las instancias europeas, los proyectos seguirán paralizados para malestar de las compañías y de la propia Xunta de Galicia, que manifestó su intención de recurrir esta decisión.
Ayer mismo el presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, fue cuestionado por Galiciapress sobre este asunto tras la celebración del Consello de la Xunta. El mandatarió mostro su "respeto" a la Justicia pero también su disconformidad por una decisión que tachó de "inédita" y "sorprendente".
"Creemos que tiene gravísimas consecuencias. Tengo que respetar las decisiones judiciales. Lo que no puedo es callarme frente a sus consecuencias, decir que no me gusta y que, en este caso, me resulta muy curioso que después de un pronunciamiento claro, categórico, sin ninguna duda, del Tribunal Supremo, esto no valga para nada y se pretenda ir a otra instancia judicial para seguir manteninedo aquello que fue desautorizado por el TS", detalló Rueda, que evitó pronunciarse sobre si estos fallos en los que influye el magistrado Luis Villares, exportavoz de En Marea en el Pazo do Hórreo, pueden sembrar dudas en la objetividad del TSXG.
LOS PARQUES
En el caso del parque de Serra do Faro la sala dice que las obras “por su propia naturaleza y la interacción con el entorno” resultan susceptibles de causar “un grave daño a valores ambientales sensibles” pues existen informes del Ministerio de Transición Ecológica donde se detallan sus efectos sobre “hábitats prioritarios y de interés comunitario como de especies amenazadas”. Así, apelan al “principio de cautela” para justificar una decisión que busca evitar daños irremediables en el entorno.
Por su parte, del parque eólico As Penizas, el tribunal considera indiciariamente acreditado que, si bien no se produce la implantación del parque en espacio protegido, “sí existe una afición paisajística clara, dada la cercanía de la poligonal con el contorno de las áreas protegidas”.
Resulta relevante en este campo, según el auto, “la inclusión del espacio de la poligonal eólica en el área cualificada como de exclusión eólica por el Mapa de Zonificación Ambiental elaborado por el Ministerio de Transición Ecológica”. En esa línea, hacen mención a los “valores ambientales significativos” existentes para justificar la medida cautelar para paralizar las obras.
“No es discutido por las demandadas que las obras tendrían lugar dentro del espacio de exclusión fijado por el Mapa de Zonificación del Ministerio y que forma parte de la declaración ambiental estratégica del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima”, acreditan sobre una zona en donde hay manadas de lobos.
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