Los gallegos que alquilen una vivienda vacía con un tope de 700 euros al mes podrán deducir 500 euros del IRPF
También habrá una deducción del 15% si hay que adecuar un inmueble para arrendar y la Xunta confía en poner en el mercado más de 1.000 viviendas
SANTIAGO DE COMPOSTELA, 16 (EUROPA PRESS)
Los propietarios o usufructuarios de viviendas vacías en Galicia podrán deducir 500 euros por vivienda en el tramo autonómico del IRPF. El importe de la deducción se prorrateará en función del porcentaje de participación en la propiedad y uno de los requisitos será que el precio mensual del inmueble, incluidos sus anexos, no supere los 700 euros.
Lo hará posible una enmienda que han registrado los populares al articulado de la ley de medidas fiscales y administrativas que acompaña a la de Orzamentos para 2025, una vía legislativa a la que recurre la Xunta de forma habitual para modificar varias normas en un mismo paso en la Cámara.
El propio presidente gallego, Alfonso Rueda, ha avanzado este paso en su perfil de la red social 'X' este sábado, aunque más detalles han proporcionado en una comparecencia de prensa en la Cámara el portavoz parlamentario del PPdeG, Alberto Pazos, junto con el conselleiro de Facenda, Miguel Corgos, y su homóloga responsable de Vivenda en la Xunta, María Martínez Allegue.
Rueda ha elevado a "máxima preocupación" el problema de acceso a la vivienda y ha recordado el compromiso de la Xunta duplicar el parque de vivienda pública, para que pase de las 4.000 actuales a las 8.000. "Para eso hay que dar pasos y cuanto antes, ya se están construyendo muchas viviendas", ha esgrimido, pero ha señalado que, para "ir más rápidos", también se harán deducciones en la parte autonómica del impuesto de la renta, como se plasma en las enmiendas registradas en el Parlamento.
De hecho, ha indicado que también habrá deducciones para quien necesite rehabilitar una vivienda antes de ponerla en alquiler (en este caso será el 15% de las cantidades satisfechas, según recoge la enmienda popular).
Con estas medidas incluidas en las enmiendas registradas por los populares (grupo con la mayoría absoluta en la Cámara, que sustenta en el Legislativo al Ejecutivo gallego), la Xunta, según ha verbalizado Corgos, confía en incrementar en un 3% el número de alquileres, lo que supondría la puesta a disposición a corto plazo (el presidente aludió ya a 2025 en redes sociales) de más de un millar de viviendas.
DETALLE DE LAS MEDIDAS: EQUIPARACIÓN DE LOCAL COMERCIAL A VIVIENDA
Al igual que en otros ámbitos como el desarrollo eólico, las enmiendas populares facultan legislar algunas novedades en materia de vivienda anunciadas en las últimos semanas, por ejemplo se certifica la equiparación al concepto de vivienda de aquel local comercial adquirido para uso de vivienda, "siempre que la adquisición se documente en escritura pública".
En ella, se hará constar expresamente la finalidad de destinarla a vivienda y siempre que, en un plazo máximo de cuatro años desde su adquisición, se presente comunicación previa de primera ocupación.
Para los efectos de aplicar los beneficios fiscales asociados a la vivienda en las operaciones de locales comerciales, se deberán cumplir los requisitos regulados en los artículos correspondientes al tipo o deducción o bonificación que se pretenda aplicar.
En caso de que, en el plazo señalado anteriormente no se presente dicha comunicación previa de primera ocupación, el sujeto pasivo deberá satisfacer, en el plazo reglamentariamente establecido, el impuesto que se dejase de ingresar como consecuencia de la aplicación del correspondiente beneficio fiscal y los intereses de demora.
ADECUACIÓN DE UN INMUEBLE VACÍO PARA ARRENDAR
Las enmiendas populares también certifican la regulación de la deducción por gastos derivados de la adecuación de un inmueble vacío con destino al arrendamiento como vivienda.
En este caso, se establecerá una deducción de la cuota autonómica del IRPF del 15% de las cantidades satisfechas por las obras de reparación y conservación, así como cualquier otro gasto necesario para que un inmueble radicado en Galicia se encuentre en condiciones de ser alquilado como vivienda, incluida la obtención del certificado de eficiencia energética y la formalización del contrato de arrendamiento, en el periodo impositivo en el que se finalicen las obras.
Dicha fecha de finalización se acreditará mediante la fecha de la factura expedida por las obras y la aplicación de la deducción no podrá dar como resultado una cuota autonómica negativa. La cuantía total máxima de la deducción será de 9.000 euros por vivienda, 3.000 euros durante tres años.
Y habrá que cumplir una serie de requisitos, entre ellos que el contribuyente sea propietario de un máximo de tres viviendas, con independencia de donde estén radicadas, que puedan ser destinadas al arrendamiento, excluidos garajes y trasteros, sin tener en cuenta su vivienda habitual.
Además, el bien inmueble deberá llevar vacío al menos un año anterior al inicio de las obras y estar arrendado en un plazo máximo de seis meses desde la fecha de la finalización de las obras . Su valor, asimismo, no puede superar los 250.000 euros y el arrendatario no podrá ser un familiar directo del propietario (hasta el tercer grado inclusive).
El inmueble debe estar alquilado por un periodo mínimo de tres años y no se perdería el derecho de deducción si el arrendamiento finaliza en un periodo anterior pero vuelve a alquilarse de nuevo en los seis meses siguientes a que finalice dicho contrato.
Finalmente, en el caso de que conviviese en el tiempo la deducción para dos o para las tres viviendas, se elevará hasta 6.000 euros la base máxima total anual y las cantidades satisfechas no deducidas por exceder ese importe de podrán deducir con el mismo límite en los cuatro ejercicios siguientes.
DEDUCCIÓN POR ALQUILAR UNA VIVIENDA VACÍA
En cuanto a la deducción de 500 euros del tramo autonómico del IRPF por alquilar una vivienda vacía, también habrá que cumplir una serie de requisitos, empezando porque el bien inmueble deberá llevar vacío al menos un año anterior a la celebración del contrato de arrendamiento de la vivienda y habrá un tope de precio mensual: 700 euros.
También en este caso el arredantario de la vivienda no podrá ser un pariente directo del propietario y este podrá poseer (ser dueño o usufructuario) de un máximo de tres viviendas sin tener en cuenta la habitual.
Igualmente, el periodo mínimo de alquiler deberá ser de tres años, aunque no se perderá el derecho a deducción si dicho inmueble pase a estar en situación de expectativa de alquiler y vuelva a ser objeto de un nuevo contrato de arrendamiento dentro del plazo de seis meses desde la finalización del anterior contrato.
Otras medidas impulsadas por la Xunta, ya avanzadas, inciden en la bonificación del 75% en el impuesto de actos jurídicos documentados para la compra, construcción y rehabilitación de edificios de viviendas destinadas al alquiler. Y también se impulsará una deducción aplicable en las operaciones de vivienda protegida de promoción pública.
Tendrán derecho a una deducción del cien por cien en la cuota varias operaciones siempre que sean realizadas por el Instituto Galego da Vivenda e Solo o por las entidades participadas mayoritariamente por el sector público autonómico, entre ellas las adquisiciones de suelo residencial o de suelo para la promoción de suelo residencial con destino a vivienda protegida de promoción pública.
En la misma situación estarán los actos de agrupación, agregación, segregación y división que se efectúen sobre el suelo residencial, y la declaración de obra nueva, o la división horizontal de edificios de viviendas protegidas de promoción pública.
En su intervención, la titular de Vivenda ha reivindicado las medidas de la Xunta y ha cargado contra el Gobierno, al que ha vuelto a reclamar modificar la ley estatal que, con cuestiones como la declaración de zonas tensionadas, "se está demostrando tan ineficaz".
Escribe tu comentario