El Sergas debe abonar el total del prorrateo de guardias en baja maternal
Un juzgado de Vigo le reconoce a dos médicas del Sergas el derecho a cobrar el cien por cien de las cuantías que se corresponden con el prorrateo de las guardias durante el periodo de baja maternal y de lactancia, según ha informado el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Vigo ha emitido dos sentencias en las que reconoce a dos médicas que trabajan en el Sergas el derecho a la percepción del cien por cien las cuantías correspondientes al prorrateo de guardias durante el periodo en el que estuvieron en situación de baja maternal y lactancia.
Según han explicado fuentes sanitarias a Europa Press, en el Sergas se aplicó durante un tiempo esta medida para que no "perjudicase" a las profesionales el hecho de disfrutar de su permiso maternal.
CONSECUENCIAS DE LA SENTENCIA
El procedimiento supone calcular el número de guardias que hicieron las médicas en los meses anteriores al permiso de maternidad y se hace una media, a partir de esta media se establece ese prorrateo.
Antes de llegar al juzgado, estas dos médicas habían solicitado el abono de esta parte proporcional de las guardias a la gerencia de la EOXI de Vigo, que se lo denegó.
El magistrado ha estimado solo parcialmente los recursos interpuestos por las dos doctoras, pues considera que parte de los periodos en los que reclaman el cobro de las guardias se encontraban en situación de incapacidad temporal por enfermedad común, "y no en situación de baja por riesgo de embarazo o maternidad", por lo que, tal y como había alegado el Sergas, resultan "plenamente aplicables" las limitaciones derivadas del principio de legalidad presupuestaria.
Según recoge la resolución judicial la "cantidad concreta" que deben percibir ahora estas dos profesionales sanitarias "se determinará en ejecución de sentencia".
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