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Las obras de accesibilidad serán obligatorias si las reclama un vecino, dicta la ley de discapacidad

La instalación de ascensores o rampas en edificios serán desde ahora obligatorias por ley si un vecino de esa comunidad las reclama. 

Silla de ruedas
Foto: EP

 

Las obras encaminadas a asegurar la accesibilidad de los edificios, como la instalación de ascensores, serán obligatorias, y las comunidades de vecinos estarán obligadas a solicitar las ayudas cuando un vecino lo solicite.

Así lo establece el Anteproyecto de Ley por la que se modifica el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado este martes en Consejo de Ministros, en primera vuelta.

Según han avanzado fuentes del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, la reforma establece la obligación de que la comunidad de propietarios solicite todas aquellas ayudas y subvenciones para la realización de estas obras de accesibilidad siempre que uno de los residentes lo solicite; y obliga a los ayuntamientos a ofrecer dichas ayudas.
 


Igualmente, se rebaja el porcentaje vigente del 75% al 70% del importe de las obras o actuaciones realizadas que deberán cubrir las ayudas y subvenciones concedidas para que estas sean obligatorias, facilitando así el requisito para conseguir estas ayudas, según han precisado las mismas fuentes.

Además, se modifica el límite económico recogido en el artículo 10 de la Ley de Propiedad Horizontal que establece que tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios las obras en materia de accesibilidad universal como "la instalación de rampas o ascensores" siempre que el importe repercutido anualmente de las mismas, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, "no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes".
 


Según datos del CERMI, se estima que 100.000 personas están atrapadas en sus casas porque sus bloques tienen problemas de accesibilidad.

 

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