La condena por el crimen de Samuel Luiz, pendiente de los recursos ante el TSXG
La Fiscalía no recurrirá mientras que sí lo harán defensas de procesados
La condena a cuatro jóvenes por el crimen de Samuel Luiz sigue pendiente de los posibles recursos de partes personadas ante el plazo existente para presentarlos ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) después de que el mismo aún no haya finalizado, según han confirmado fuentes del alto tribunal gallego. Fiscalía ratificó recientemente que no recurrirá mientras que sí lo harán defensas de condenados.
Desde el TSXG, han indicado que el plazo para presentarlos tras el fallo de la Audiencia Provincial de A Coruña que condenó a cuatro jóvenes por el asesinato de Samuel Luiz -- cometido en la madrugada del 3 de julio de 2021 en el paseo marítimo coruñés -- "no ha terminado".
"La ley obliga a notificar la sentencia a todos los acusados personalmente por lo que se ha tenido que notificar a algunos de ellos en los centros penitenciarios -- tres se encuentran en prisión --, lo que implica la emisión de exhortos".
"El plazo, tal y como establece la ley, ha empezado a contar desde la última notificación realizada personalmente, no desde la fecha en la que la sentencia se notificó a sus respectivas representaciones procesales, por lo que aún no ha finalizado", han incidido para descartar que se haya ampliado o interrumpido.
Por otra parte, han confirmado que algunas de las partes personadas han pedido "algunas grabaciones a mayores de las que ya les había faciliado la Audiencia de A Coruña" pero sin "incidencia" en el tema de los plazos.
FISCALIA NO RECURRIRÁ
En relación al posible recurso, el Ministerio Público avanzó ya que no recurrirá la sentencia después de que la Audiencia coruñesa, de conformidad con el veredicto del Tribunal del Jurado, condenase a cuatro acusados a penas que suman un total de 74 años y medio de cárcel.
Lo hizo al considerar que tres son coautores de asesinato, uno cómplice y uno a mayores autor del robo del móvil de la víctima, de la que el fallo sostiene que fue agredida sin posibilidad de defensa.
RECURSOS DE DEFENSAS
Por el contrario, sí recurrirán defensas como confirmaron las de Alejandro F.G., condenado a 20 años de cárcel, y las de Kaio A.S.C, al que se le impuso 20 años y medio, y la de Alejandro M.R., al que se le condenó a 10 años como cómplice de asesinato. En el caso de Diego M.M. su letrado está analizando la "viabilidad jurídica".
De los cinco jóvenes acusados, se consideró no culpable a la única chica, C.S.B., mientras que a su entonces pareja Diego M.M., al concurrir la circunstancia agravante de discriminación por motivos de orientación sexual, la magistrada presidenta le impuso 24 años de cárcel, pena muy cercana al máximo legal -- 25 años --, que no le aplica porque el jurado no apreció la agravante de ensañamiento.
En su caso, su letrado ha confirmado a Europa Press que está estudiando la sentencia y "la viabilidad jurídica del recurso" y ha avanzado que si entiende que tiene "sustento" lo articulará de cara a su presentación ante el TSXG.
Por su parte, a Alejandro F.G. la Audiencia de A Coruña lo condenó a 20 años de cárcel pues explica que la no concurrencia de circunstancias agravantes ni atenuantes determina la imposición de la pena en su mitad inferior, lo que abarca un arco punitivo que va de 15 a 20 años de prisión, al igual que en el caso de Kaio A.S.C.
A este le impuso un total de 20 años y medio -- 17 años por el asesinato y tres años y medio por el robo con violencia-- pues indicó que su intervención en el asesinato "no alcanza la entidad" de la de Diego M.M. y Alejandro F.G.
A Alejandro M.R. lo condenó a 10 años de cárcel ya que, al tratarse de un cómplice de asesinato, señaló que procedía imponer la pena inferior en grado que, en este caso, abarca un arco punitivo de 7 años y medio a 15 años de prisión.
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