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Un juzgado de Santiago archiva la reclamación de una deuda por parte de un fondo tras constatar que estaba prescrita

El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Santiago ha archivado un procedimiento monitorio interpuesto por Intrum Investment, empresa de gestión de deudas, tras constatarse que la que reclamaba se encontraba prescrita.

El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Santiago ha archivado un procedimiento monitorio interpuesto por Intrum Investment, empresa de gestión de deudas, tras constatarse que la que reclamaba se encontraba prescrita.

La resolución impone además las costas procesales a la entidad acreedora. Del caso informa el despacho Unive Abogados, que fue el que logró la desestimación del procedimiento tras plantear una oposición fundamentada en la prescripción de la deuda. Al respecto, valora que el fallo "protege a los deudores frente a prácticas abusivas".

Intrum, según explica en un comunicado, inició el procedimiento monitorio contra un particular y su empresa, pero no continuó el proceso cuando el deudor presentó oposición, según señala el juzgado.

De acuerdo con la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), cuando el acreedor no interpone demanda ordinaria en el plazo de un mes tras la oposición del deudor, el procedimiento debe archivarse, con condena en costas a la parte reclamante.

"Este caso pone de manifiesto una posible práctica abusiva en la que fondos de inversión como Intrum presentan reclamaciones sobre deudas que, en muchos casos, ya han prescrito", advierte el despacho de abogados.

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