Inhabilitado el alcalde de A Merca por demorar 18 años una orden de demolición
Velo Reinoso asegura que su intención era derribar el inmueble pero la ejecución se pospuso debido a las reiteradas alegaciones de los propietarios.
El alcalde de A Merca (Ourense), Manuel Velo Reinoso, ha sido condenado a cuatro meses de inhabilitación y a una multa de 700 euros por un delito de desobediencia al no haber demolido hasta 2015 una vivienda unifamiliar en Corbillón, a pesar de continuos requerimientos y notificaciones oficiales desde el año 1996.
La sentencia, que no es firme y se puede recurrir ante la Audiencia Provincial de Ourense, señala que Manuel Velo Reinoso "no podrá obtener" el cargo de regidor durante el tiempo de la condena, ni tampoco el de teniente de alcalde, concejal o cualquier otro de naturaleza electiva y ámbito local que implique participación en el gobierno municipal.
Durante el juicio, el alcalde explicó "no haber tenido nunca intención" de desobedecer la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que ordenaba la demolición de la vivienda, cuyo derribo se demoró 18 años.
Así, explicó que "siempre quiso derribar la casa", pero que la demolición se fue demorando debido a las "continuas alegaciones por parte de los propietarios" y por buscar una solución para la familia que pusiera fin a los "incidentes y amenazas" personales que sufrió por parte de algunos vecinos del pueblo.
La fiscalía solicitaba para el alcalde una inhabilitación de cinco meses y una multa de dos meses y diez días con una cuota de diez euros diarios por considerar que "de manera consciente, reiterada y contumaz se opuso al cumplimiento" de la orden de derribo ordenada por el TSXG.
NOTIFICACIONES
La primera notificación de derribo que recibió Manuel Velo fue en verano de 1996, cuando estaba cubriendo las vacaciones del alcalde en esas fechas (Manuel Vázquez Outeiriño).
Ya como regidor, en abril de 2004 recibió una sentencia del Tribunal Supremo que confirmaba el derribo de la vivienda y le informaba de que en caso de no realizarlo incurriría en un delito de desobediencia.
A esta sentencia la seguirían cinco notificaciones personales (entre marzo de 2005 y enero de 2011) y cinco requerimientos de demolición, sin que el derribo se llevase a cabo hasta febrero de 2015, una vez que el edil ya había sido citado judicialmente.
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