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El TSXG confirma la absolución de un acusado de agredir sexualmente a la hija de su pareja

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado la absolución impuesta por la sección segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra a un hombre acusado de cometer un delito continuado de agresión sexual sobre la hija menor de edad de su pareja, ya que los magistrados no consideran suficiente la prueba practicada para acreditar los hechos por los que se acusó al procesado.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado la absolución impuesta por la sección segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra a un hombre acusado de cometer un delito continuado de agresión sexual sobre la hija menor de edad de su pareja, ya que los magistrados no consideran suficiente la prueba practicada para acreditar los hechos por los que se acusó al procesado.

Según se recoge en la sentencia, el recurso sostenía que el testimonio de la víctima era "perfectamente claro y directo" y aludía también a un informe del Imelga, así como a las declaraciones de la menor.

Sin embargo, el TSXG expone que "basta la presencia de duda en la Sala de instancia para descartar la posibilidad de revocar un pronunciamiento absolutorio".

En concreto, tal y como apunta la sentencia, la Sala analizó "pormenorizadamente" la prueba practicada y destaca algunos aspectos que le impiden atender a la posición de la parte acusadora y así advierte que "la prueba preconstituida no ha sido una buena exploración, la falta de relato espontáneo, voluntario y rico en detalles de la menor compromete la validez, fiabilidad y credibilidad de su testimonio". También afirma que "no aportó detalle alguno, que no fue posible obtener descripción alguna sobre el hecho, el lugar o el tiempo en el que se desarrolló".

Asimismo, concluye que la prueba practicada fue "manifiestamente insuficiente" para acreditar los hechos en los que se basa la acusación. "No hay indicio alguno de arbitrariedad o falta de lógica en el planteamiento de la sentencia", zanja.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

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