#Claves de la semana

La posibilidad de reclamar la devolución de los gastos hipotecarios concluye el próximo 24 de enero

Los despachos de abogados apremian a los consumidores a formular las reclamaciones en estas últimas semanas antes de que venza el plazo. 


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Hipotecas
Foto: EP

 

Los cambios legislativos de los últimos años abrieron la puerta a todos aquellos hogares sufragados con una hipoteca a recibir un pellizquito diferido de aquel largo proceso para la concesión de un préstamo. Se trata de un trámite que viene aparejado de ciertos gastos y que, durante un tiempo limitado, los firmantes de las hipotécas podían reclaman la devolución de parte de ese dinero o, en algunos casos, su totalidad. Sin embargo, el plazo para esa solicitud finaliza a principios de 2024 y todavía hay muchos propietarios que no se han puesto a ello.

 

¿QUÉ NECESITO?

Los gastos hipotecarios son aquellos abonos que realizamos en la firma de la hipoteca, como los gastos de notaría o gestoría, registro de la propiedad o tasación de la vivienda. A la sombra de la jurisprudencia actual, todos los gastos de hipotecas anteriores al 2019 pueden solicitarse por los afectados para que les sean reembolsados.

  

Desde ‘Oulego Abogados y Consultores’ detallan que se trata de una reclamación que vence el próximo 24 de enero de 2024. “Antes de esa fecha habrá que mandar una reclamación previa a la entidad bancaria”, señalan los letrados sobre una causa en la que, recalcan, la “tasa de éxito es cercana al 100% en este tipo de reclamaciones”. 

 

Al tiempo, informan de que los afectados deben presentar diversos documentos como la escritura del préstamo hipotecario y las distintas facturas de la empresa de tasación, del Registro de la propiedad, de la notaría en la que se firmó el préstamo y la factura de la empresa que gestionó la hipoteca. 

 

En cualquier caso, en el supuesto de no contar con esa documentación ni las facturas, el bufete subraya que se puede hacer la reclamación sin esos archivos, ya que muchos clientes no conservan esos papeles, por lo que pueden “solicitar una copia de las facturas bien en la entidad bancaria donde formalizó la hipoteca o bien en la notaría, en el registro de la propiedad, en la empresa gestora y en la empresa de tasación que contrató para formalizar la hipoteca”. “Respecto de la escritura de hipoteca puede solicitar una copia de la escritura en la notaría donde firmó la hipoteca”, agregan.

 

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