16 bebés fueron dados en adopción en 2016 en Galicia
Recientemente se ha ampliado a un mes y medio el plazo para que la madre biológica pueda dar marcha atrás en la decisión de entregar a su hijo.
Un total de 180 bebés fueron entregados en adopción el pasado año en España, según datos facilitados por las comunidades autónomas a Europa Press.
Por comunidades autónomas, la primera en el ranking es Madrid, con 35 menores dados en adopción; le sigue Cataluña, con 33; País Vasco, con 19; Galicia, con 16; Andalucía y Castilla y León, con 15 cada una; Comunidad Valenciana, 11; Baleares, con 8; Aragón y Canarias, con 7; Castilla-La Mancha, con 4; Murcia y Extremadura, con 3; y Navarra, con 2. Cantabria, Asturias y La Rioja no registraron ninguno.
La decisión de dar a un bebé en adopción es totalmente legal y no tiene ningún tipo de consecuencias penales para los progenitores. Sin embargo, el abandono de bebés o de niños en la calle sí que se considera delito según el artículo 229 del Código Penal, que indica que "el abandono de un menor de edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección, será castigado con la pena de prisión de uno a dos años". El castigo se amplía hasta los cuatro años si el abandono lo realizan los padres o si la salud del pequeño corre peligro.
Después del parto, la madre deberá firmar un documento de renuncia de potestad del menor, proporcionado por un trabajador social y un jurista que se desplazarán al hospital, en el que conste si desea ser informada de la situación del pequeño en un futuro y de las causas por las que ha decidido entregar a su hijo en adopción.
Una vez que el menor recibe el alta médica, éste será recogido por los servicios de protección y entregado a un centro de acogida a esperas de una familia adoptiva.
Las autoridades establecen un periodo de 'tregua' o reflexión que se ha ampliado recientemente con arreglo al Convenio Europeo de Adopción, que establece que la madre biológica cuenta con un mes y medio para dar marcha atrás en la decisión de entregar a su hijo.
La Ley española de Protección del Menor reconoce el derecho de las personas adoptadas a conocer sus orígenes si así lo desean al alcanzar la mayoría de edad. Por esta razón, las entidades públicas tienen la obligación de asegurar toda la información relativa a la adopción durante, al menos, 50 años.
Las adopciones son organizadas por los centros de Servicios Sociales de cada comunidad autónoma y es cada región la que contabiliza los casos de renuncia de bebés y de adopciones.
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