Un festival gallego de este fin de semana, entre los denunciados por impedir entrar con agua y comida de fuera
La Ley impide limitar los productos adquiridos fuera de los recintos salvo que existan motivos objetivos, como la seguridad. Pese a ello, los organizadores de los festivales intentan hacer más caja a costa de los estómagos y de los bolsillos de los festivaleros.
La Ley impide limitar los productos adquiridos fuera de los recintos salvo que existan motivos objetivos, como la seguridad. Pese a ello, los organizadores de los festivales intentan hacer más caja a costa de los estómagos y de los bolsillos de los festivaleros.
La ONG FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a siete festivales de música, que se celebran entre los días 25 y 28 de julio, por prohibir el acceso a sus instalaciones con alimentos o bebidas adquiridos en el exterior, incluido el Atlantic Fest de Illa de Arousa (Pontevedra).
Además del evento previsto en A Illa entre el 26 y el 28 de julio, también fueron denunciados los festivales Cabo de Plata en Barbate (Cádiz), Low Festival 2019 en Benidorm (Alicante), Bay of Biscay en Bermeo (Vizcaya), Reggaeton Beach Festival en sus ediciones de Barcelona y Santander, y Unite With Tomorrowland en Barcelona.
Tras la denuncia a estos siete eventos, ya suman 36 festivales denunciados por este motivo en lo que va de 2019 por FACUA y sus organizaciones territoriales.
En este sentido, han explicado que las denuncias han sido presentadas ante las administraciones de consumo de las comunidades donde se celebran los eventos, y contra las promotoras de dichos festivales: Barbate Beach Festival SL (Cabo de Plata), New Life (Atlantic Fest), Emankor Sarea (Bay of Biscay), Cyclop2014 SL (Reggaeton Beach Festival), Blanco y Negro Music SA (Unite With Tomorrowland) y Producciones Baltimore SL (Low Festival 2019). Esta última ya fue denunciada anteriormente por este mismo motivo en el Spring Festival y la edición 2018 del Low Festival.
"CLÁUSULAS ABUSIVAS"
Facua ha recordado que el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios considera que no permitir la entrada con comida y bebida de fuera es una cláusula abusiva según el artículo 82.1, que establece como tales todas aquellas prácticas que causen "un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato".
De igual forma, han indicado que la Comisión de Cooperación de Consumo estableció en su consulta número cinco del año 2000 que "las cláusulas en las que se impone al consumidor limitaciones en orden a la adquisición de los productos sin fundarse en circunstancias objetivas, deben ser consideradas abusivas".
De este modo, la asociación ha pedido a los usuarios acudir a FACUA en caso de observar casos similares y a denunciar a las empresas responsables de las prohibiciones.
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