La Justicia condena a CSIF por violar el derecho al honor de los sindicatos CCOO y UGT
La tensa relación entre estos sindicatos en la Xunta al hilo del acuerdo de movilidad forzosa acaba en el juzgado tras una publicación en el boletín oficial del CSIF.
La tensa relación entre estos sindicatos en la Xunta al hilo del acuerdo de movilidad forzosa acaba en el juzgado tras una publicación en el boletín oficial del CSIF.
La resolución del Juzgado número 2 de Santiago sentenció que sí existe una vulneración en el derecho al honor.
Juzgados de Fontiñas en Santiago. Fuente: Europapress.
Este 23 de mayo el Juzgado de Primera Instancia N.2 de Santiago de Compostela fallaba sobre la denuncia de atentado al honor a CCOO y UGT. Estos dos sindicatos demandaron al CSIF después de que el sindicato de funcionarios publicara en su popular boletín Herald Toupeiras el siguiente titular: “CCOO y UGT conocían y ocultaron la intención del PP de imponer la movilidad forzosa”.
CSIF: “Trabajar en la Xunta y estar afiliado a CCOO o UGT es un delito más grande que pegarle a un padre”
En este artículo del 29 de enero de 2021, Herald Toupeiras hacía afirmaciones tales como: “Los sindicatos amarillos vuelven a vender a los trabajadores de la Xunta, pero por algo más de 30 monedas” o “trabajar en la Xunta y estar afiliado a CCOO o UGT es un delito más grande que pegarle a un padre”.
Por lo tanto, los denunciantes estimaron que dicho contenido atentaba contra su reputación e integridad al honor. Además, destacaron que todas estas informaciones carecían de veracidad y y suponían difamación de los mismos.
Los demandados, en cambio, se ampararon en el derecho de la libertad de expresión y la libertad sindical. También expusieron que la cita de “trabajar en la Xunta y estar afiliado a CCOO y UGT, es un delito más grande que pegarle a un padre” no se trata de una expresión injuriosa, sino de un concepto coloquial. Con todo, añaden que buscaban explicar la supuesta inoperancia de la CCOO y UGT y abogar por la defensa de los derechos de los trabajadores, pero sin menoscabar el honor de los denunciantes.
Sin embargo, el Juzgado desestimó esta defensa amparándose en la ley de la libertad de expresión. El juez cita explícitamente que para poder ejercer este derecho, los contenidos deben ser veraces y contrastados, demostrando que sea una información rectamente obtenida y difundida.
TENSIÓN ENTRE SINDICATOS
Las relación entre las ramas de los sindicatos en la Administración Autonómica comenzó a dificultarse en 2018, tras la negociación del acuerdo de concertación del empleo público de Galicia.
En esa reunión, se aprobó el trato con CCOO y UGT a favor y CSIF y CIG en contra. A partir de entonces, en el documento de la resolución judicial se indica que la central de funcionarios y la central nacionalista publicaron notas informativas con expresiones "elevadas de tono" y "de acerba critica reciproca".
SENTENCIA
El juzgado condenó a la organización denunciada a publicar, de manera íntegra, dicha sentencia en el medio donde se emitieron los daños al honor. También a eliminar la publicación que evidencia el agravio en el Herald Toupeiras y abonar la cantidad de 1 euro por daños y perjuicios.
En la sentencia, los demandantes esgrimieron varias noticias publicadas en Galiciapress para argumentar que las acusaciones de CSIF no tenían base, argumento que la magistrada hace suyo. Esta es la sentencia, que aún no es firme:
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