Una sentencia anula el despido de una afiliada de CNT que participó en la huelga del 8M de 2019, según el sindicato
Una sentencia ha anulado el despido de una afiliada de la Confederación Nacional del Trabajo (CNT) que participó en la huelga del 8 de marzo de 2019, según ha asegurado la organización sindical.
Tal como asegura el sindicato, la mujer, miembro del comité de huelga de la CNT, prestaba sus servicios con un contrato en prácticas y fue informada de su despido por atrasos reiterados de 2 y 3 minutos en fechas próximas al ejercicio de su derecho a huelga.
La sentencia del juzgado de A Coruña, según explica el sindicato, recoge que la participación en la huelga sí es un indicio de nulidad ya que existe una conexión temporal. Además, la causa recogida en la carta de despido "parece desproporcionada en atención a la sanción impuesta y llama la atención que precisamente empiecen a producirse los atrasos o bien a darle importancia la empresa en fechas próximas al ejercicio del derecho a huelga".
Por ello, la empresa, dedicada a la realización de obras e instalaciones de aparatos de calefacción, se ve obligada a readmitirla e indemnizarla por los daños morales. Desde el sindicato se estudia recurrir la sentencia, ya que no reconoce el carácter indefinido del contrato de la trabajadora.
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