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De Lara suelta las piezas sobre Cataluña y Baleares pero se agarra a las de Galicia

En contra de lo que le pide el fiscal, la jueza, que está a punto de perder su plaza, rechaza dividir la investigación de la Operación Pokemon en 32 piezas, que se repartirían por diferentes juzgados de Galicia. 


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La titular del juzgado de Lugo se inhibe de la parte catalana y balear a los partidos judiciales de Cerdanyola y Manacor


En contra de lo que le pide el fiscal, la jueza, que está a punto de perder su plaza, rechaza dividir la investigación de la Operación Pokemon en 32 piezas, que se repartirían por diferentes juzgados de Galicia.


La titular del Juzgado de instrucción número 1 de Lugo, Pilar de Lara.
La titular del Juzgado de Instrucción Número 1 de Lugo, Pilar de Lara, ha rechazado la petición de Fiscalía de dividir la parte gallega de la causa de la Operación Pokémon, aunque ha accedido a inhibirse de las piezas que atienden los hechos registrados en Cataluña y Baleares, que continuarán en los juzgados de Barbera del Vallés --del partido judicial de Cerdanyola-- y San Lorenzo de Cardesssar --Manacor--, respectivamente.

En un auto con fecha de 23 de enero al que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada Pilar de Lara ha tumbado la solicitud efectuada por el Ministerio Público que proponía la división de la causa según las "distintas tramas existentes", correspondientes a los diferentes procedimientos de adjudicación de obras y servicios, de forma que se instruyan en distintos juzgados gallegos un total de 32 piezas.

De este modo, y pese a que accede a inhibirse de las causas que investigan los contratos firmados en Cataluña y las Islas Baleares, el juzgado que instruye la investigación por el entramado de corrupción desde septiembre de 2012 entiende que, el caso de Galicia, "toda la actividad delictiva" de las empresas del Grupo Vendex "se presenta como dirigida personalmente" por el delegado en la comunidad, José María Tutor Lemos, quien actúa como "epicentro" de las operaciones "tendentes a conseguir contratos".

Este hecho, que la trama se extendiese por toda la comunidad, fue un factor "absolutamente necesario" a la hora de "comprender en su conjunto el modus operandi", "el esclarecimiento de los hechos" y, por consiguiente, determinar las "responsabilidades" de los implicados, argumenta la magistrada.

Además, continúa Pilar De Lara, el despiece del caso en 32 causas separadas como solicitaba la Fiscalía "supondría abocar a la impunidad" el delito de asociación ilícita que también se atribuye a algunos de los investigados.

Asimismo, considera que, de acceder a la petición de Fiscalía, se produciría "el efecto absolutamente perjudicial" para varios de los acusados, entre ellos el propio Tutor Lemos y Gervasio Rodríguez, de "verse sometidos a una pluralidad de enjuiciamientos" que podrían acarrearles "un agravamiento injusto de las penas".

Por último, De Lara señala en su auto que la separación de las piezas podría suponer retrasos en el proceso, dado que los jueces y fiscales "tendrían que empezar de cero, pudiendo llegar, por su volumen y complejidad en algunos casos a su colapso y una mayor dilación por el planteamiento, casi seguro, de cuestiones de competencia".

CRÍTICAS A FISCALÍA
Además, la magistrada critica al Ministerio Público por haber pedido la separación de la causas, pues considera que esto supone apartarse "radicalmente" de los "razonamientos uniformes" mantenidos hasta el momento por los fiscales del caso que, continúa, "consideraron que sí existía dicha conexidad" para que los hechos registrados en Galicia se considerasen parte de un todo.

En concreto, la Fiscalía pidió el pasado 14 de enero que se incoasen en los juzgados que procediese las correspondientes diligencias previas de un total de 32 asuntos al considerar que "no existe conexidad procesal" que justifique que se enjuicien conjuntamente todos ellos.

El objetivo del Ministerio público con esta propuesta era evitar la celebración de "un único juicio oral en el que figurarían unos 250 acusados" y que "obligaría a un único órgano" --en este caso la Audiencia de Lugo-- a conocer de asuntos "para los que carece de competencia tanto territorial como objetiva".

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