Sexagenario conduciendo sin carné, sin ITV y cuadriplicando la tasa de alcohol
Borracho, conduciendo -pese a nunca haberse sacado el permiso- una moto que tampoco estaba en regla. El sorprendido por los agentes no era un adolescente, sino un vecino de 61 años.
La Guardia Civil ha interceptado a un conductor de 61 años y vecino de Ribadeo (Lugo) cuando conducía un ciclomotor pese a carecer de carné y que cuadriplicó la tasa máxima de alcoholemia permitida.
Según ha informado el Instituto Armado, a las 17,30 horas del 13 de julio, a la altura del kilómetro 555,6 de la carretera N-634 (Irún-Santiago), a su paso por el término municipal de Ribadeo detuvo la marcha de un ciclomotor conducido por un vecino de Ribadeo de 61 años, quien, tras ser sometido a la prueba para la detección de sustancias alcohólicas durante la conducción, arrojó un resultado positivo de 1,02 miligramos por litro de aire espirado.
NUNCA SE HABÍA SACADO EL CARNÉ
Una vez constatada la tasa, la cual "cuadriplicaba el máximo permitido", ha destacado la Benemérita, para el conductor implicado (0.25 mlsg/l), se procedió a solicitarle la documentación tanto personal como del vehículo. Así, los agentes comprobaron que el conductor carecía de permiso de conducir al no haberlo obtenido nunca, así como que el vehículo carecía de seguro obligatorio ni había pasado la Inspección Técnica de Vehículos (ITV).
Por ello, los agentes instruyeron las correspondientes diligencias por sendos delitos contra la seguridad vial, que han sido remitidas al Juzgado de Instrucción de Mondoñedo (Lugo). Asimismo, el conductor fue propuesto para dos sanciones ante la Jefatura Provincial de Tráfico.
NO ENTRARÁ EN PRISIÓN SALVO QUE TENGA ANTECEDENTES
"Estas conductas están castigadas con penas de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y, en cualquier caso, la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años", advierte la Guardia Civil. Al ser las penas máximas inferiores a dos años de cárcel, evitará la prisión, salvo que tenga condenas previas de privación de libertad.
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