Juzgan a varios empresarios gallegos y lusos acusados de traficar con R22, un gas refrigerante prohibido
La Fiscalía pide para los acusados penas de más de dos años de prisión por el tráfico de este gas que destruye la capa de ozono
La Audiencias Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, juzgará este martes, a las 9:45, a varios empresarios gallegos y lusos acusados de traficar con un gas refrigerante prohibido debido a que destruye la capa de ozono.
La Fiscalía pide penas de más de 2 años de prisión, además de multas que van de 54.000 a 72.000 euros, para varios empresarios y sus sociedades, que están acusados de comerciar con gases refrigerantes prohibidos.
Según indica el escrito de acusación del ministerio público, uno de los acusados es responsable de una empresa afincada en la ciudad olívica y que, al menos desde el año 2010 vendía gas clorodifluorometano, conocido por su nombre comercial como gas R22, que se utiliza principalemente para la refrigeración industrial y de buques.
La venta de este gas está prohibida por normativa europea debido a que se trata de un producto que destruye la capa de ozono, aunque se contempla la excepción de ques e pueda importar, reenvasar y exportar a otros países no comunitarios. También se permite vender en territorio de la UE si previamente se regenera.
La Fiscalía sostiene que esta empresa y su responsable vendieron el gas sin regenerar, a sabiendas de que estaba prohibido, a otras empresas, que también están acusadas en este procedimiento junto a sus responsables, y a buques.
El ministerio público los considera responsables de un delito de tráfico ilegal de sustancia destructora del ozono, y solicita para cada de las cuatro personas acusadas en esta causa, dos de ellas con documento portugués, la pena de 2 años y 3 meses de cárcel, multa de 66.000 euros y 9 años de inhabilitación para comerciar con gases refrigerantes.
Para la empresa gallega que vendía el gas pide multa de 72.000 euros y la prohibición de realizar operaciones de comercio de gases refrigerantes durantes 2 años; para otra empresa gallega que compraba el producto y lo distribuía pide multa de 54.000 euros, la misma multa que para otra empresa portuguesa que adquirió el gas.
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