Las notarías de Galicia registraron 23.000 testamentos en el primer semestre del año

Las notarías de Galicia registraron en el primer semestre del año 2024 algo más de 23.000 testamentos, y en los últimos tres años, se firmaron en la Comunidad Autónoma una media anual de 50.675 testamentos, según los datos hechos públicos por el Colexio Notarial de Galicia.

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Las notarías de Galicia registraron en el primer semestre del año 2024 algo más de 23.000 testamentos, y en los últimos tres años, se firmaron en la Comunidad Autónoma una media anual de 50.675 testamentos, según los datos hechos públicos por el Colexio Notarial de Galicia.

La provincia en la que se registraron más documentos en los primeros seis meses del año fue A Coruña, con 10.276 testamentos, seguida de Pontevedra, con 7.568; Lugo, con 3.002; y Ourense, con 2.177.

El Colexio Notarial ha señalado que hacer testamento "es recomendable a cualquier edad", porque "aporta seguridad jurídica, garantiza el respeto a la voluntad e intereses del testador, y contribuye a evitar problemas sucesorios entre los posibles herederos".

Para hacer testamento basta con acudir con el DNI a un notario, que de modo gratuito asesoraá jurídicamente al testador. El testamento notarial es un documento con un coste medio de entre 38 y 50 euros.

Cuando muere un familiar es necesario hacer una consulta al registro general de últimas voluntades (se puede hacer por internet) para saber si esa persona hizo testamento. Si es así, se notificará al notario que lo custodia, al que habrá que acudir para disponer de una copia y saber qué se ha heredado.

En el testamento se pueden incluir otras muchas disposiciones, como el reconocimiento de hijos, la designación de tutores en caso de fallecimiento o el nombramiento de una persona como testamentario digital, para que se encargue, por ejemplo, de cerrar las cuentas del fallecido en redes sociales.

Cuando una persona fallece sin otorgar testamento, una situación legalmente conocida como 'ab intestato', el Código Civil o la legislación civil de cada Comunidad Autónoma determina a quién corresponde heredar, siguiendo un orden de parentesco.

La declaración de herederos 'ab intestato' es más compleja y costosa que un testamento, porque hay que ir al notario con una serie de documentos y dos testigos que conozcan a la familia del fallecido y que, en caso de ser parientes, no tengan interés directo en la declaración. Con todo, las herencias adjudicadas a partir de testamento triplican a las de 'ab intestato'.

En lo que respecta a la desheredación, la ley reconoce pocos casos en los que se pueda desheredar a un hijo. Las causas más comunes que permiten hacerlo son que aquel le niegue el alimento a su progenitor y/o lo someta a malos tratos físicos o psíquicos.

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