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La Justicia condena a Abanca tras una ciberestafa estafa informática a un cliente de A Coruña

Las entidades financieras tienen la obligación legal de actuar con diligencia extrema para proteger a sus clientes frente a operaciones inusuales y fraudulentas. La legislación establece un régimen de responsabilidad cuasiobjetiva, donde los bancos son responsables de las pérdidas sufridas por sus clientes, salvo que demuestren negligencia grave por parte del usuario. Abanca bloqueó una segunda transación tras un robo de credenciales pero no quiso devolver el dinero de la primera. Ahora la Justicia le obliga a hacerlo en una decisión que va en la línea de otras muchas dictadas en los últimos tiempos.


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Archivo - Sucursal del banco Abanca
Archivo - Sucursal del banco Abanca

 

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña ha emitido una sentencia que condena a Abanca a reintegrar más de 5.000 euros, junto con los intereses legales, a un cliente que fue víctima de una estafa informática en marzo de 2021. El caso pone nuevamente en el foco la responsabilidad de las entidades bancarias frente a operaciones sospechosas, según explica el bufete del demandante, Caruncho y Tomé Abogados.

 

El incidente ocurrió cuando el afectado fue engañado por falsos técnicos de Microsoft en una llamada telefónica. Los estafadores lograron acceso remoto al ordenador del cliente y efectuaron una transferencia internacional de 5.000 euros hacia una cuenta en Reino Unido. Aunque el banco bloqueó una segunda operación fraudulenta de 2.500 euros, no revirtió la primera transacción, lo que llevó al afectado a recurrir a la vía judicial.

 

 

 

Responsabilidad bancaria bajo escrutinio

La sentencia considera que Abanca no logró demostrar una negligencia grave por parte del cliente, un requisito necesario para exonerarse de responsabilidad según la legislación vigente. Además, el tribunal subraya que la operación era atípica tanto por su importe como por su carácter internacional, factores que debieron activar controles adicionales por parte del banco antes de aprobarla.

 

 

 

El fallo también destaca la obligación de las entidades financieras de actuar con diligencia para proteger a sus clientes frente a operaciones inusuales. Sin embargo, la resolución aún no es firme y Abanca ya ha anunciado su intención de presentar un recurso de apelación, defendiendo que la demanda debería haber sido desestimada.

 

 

La obligación de las entidades financieras de proteger a sus clientes frente a operaciones inusuales


 

Las entidades financieras tienen el deber de actuar con diligencia extrema para garantizar la seguridad de las transacciones y proteger los fondos de sus clientes frente a operaciones fraudulentas. Este principio, respaldado por normativas nacionales y europeas, establece que los bancos deben implementar medidas de seguridad robustas y supervisar continuamente las transacciones para detectar actividades sospechosas.

 

En casos de fraudes electrónicos, como el phishing o transferencias no autorizadas, la legislación exige a los bancos garantizar la autenticidad de las operaciones. Esto incluye sistemas avanzados de autenticación, como la doble verificación, y protocolos para alertar a los clientes ante movimientos inusuales. La falta de estas medidas puede derivar en responsabilidad bancaria, obligando a las entidades a restituir los fondos sustraídos, salvo que demuestren negligencia grave por parte del cliente.

 

 

 

Un régimen de responsabilidad cuasiobjetiva

El marco legal actual impone un régimen de responsabilidad cuasiobjetiva, lo que significa que los bancos son responsables de las pérdidas sufridas por sus clientes, salvo excepciones específicas. Este enfoque busca equilibrar la relación entre consumidores y entidades financieras, considerando la asimetría en conocimientos y recursos. Además, obliga a los bancos a actuar proactivamente en la detección y mitigación del fraude, estableciendo controles adicionales ante operaciones inusuales o complejas.

 

Las sentencias recientes refuerzan esta obligación. Por ejemplo, tribunales han condenado a entidades por no adoptar medidas suficientes para prevenir fraudes, destacando que no basta con advertencias genéricas o sistemas básicos. Los bancos deben aplicar tecnologías avanzadas y realizar un seguimiento exhaustivo de las transacciones para evitar daños a sus clientes.

 

Protección del consumidor como prioridad

Además de prevenir fraudes, los bancos tienen la responsabilidad de implementar medidas correctivas tras incidentes para evitar su repetición. Este enfoque no solo protege al consumidor, sino que también fortalece la confianza en el sistema financiero. La normativa subraya que las entidades deben asumir un papel activo en la lucha contra el fraude, garantizando que las operaciones sean seguras y ajustadas al perfil del cliente.

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