La Xunta recurrirá la suspensión del TSXG de eólicos: "Continuaremos luchando y esperamos que el TS corrija la doctrina"
Lorenzana recuerda que el Supremo ya dio la razón al Gobierno gallego "con las únicas cuestiones que hasta ahora pudo resolver"
La conselleira de Economía, Industria e Innovación, María Jesús Lorenzana, ha avanzado que la Xunta recurrirá las últimas suspensiones de parques eólicos decretadas por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. "Continuaremos luchando y esperamos que el Supremo corrija esta doctrina del TSXG como ya hizo con las únicas cuestiones que hasta ahora pudo resolver, donde se anularon las resoluciones del TSXG", afirma.
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha suspendido un total de 13 parques eólicos pese a la sentencia del pasado mes de diciembre del Tribunal Supremo que rechazaba dos de las causas que el alto tribunal gallego empleaba para la paralización de estos proyectos. Así, el TSXG explica que ha "adaptado" los criterios a la hora de decidir sobre medidas cautelares respecto a estos proyectos, por lo que ahora se basa en cuestiones como pueden ser la "cautela, prevención y precaución" ambiental.
A preguntas de la prensa en A Coruña este miércoles, la conselleira ha mostrado el "respeto absoluto" a las decisiones del alto tribunal gallego, si bien afirma "no compartir" estas decisiones. "Continuaremos por la vía de recurso como ya hicimos, y ganamos, en el Supremo que anuló algunas de las resoluciones del TSXG", remarca.
En esta línea, Lorenzana defiende el trabajo de los funcionarios de las declaraciones de impacto ambiental que se hacen en la Xunta. Igualmente, agrega que "en la ley de acompañamiento a los presupuestos se reguló el interés público superior de los parques eólicos, con lo cual se tiene que tener en cuenta por parte de los tribunales ese acompañamiento normativo".
Incide en que las declaraciones de impacto ambiental "se hacen con absoluta seriedad". También llama la atención acerca de que en 2023 "hubo más declaraciones de impacto ambiental negativas que positivas", "48 negativas y 45 positivas", "basadas en informes técnicos rigurosos de ingenieros, biólogos, veterinarios y funcionarios públicos con muchísima solvencia".
AUTOS DEL TSXG
Según informó el TSXG el pasado martes, de los 18 autos emitidos tras la sentencia del Supremo en los que se decide sobre la solicitud de suspensiones cautelares de autorizaciones administrativas y de construcción de 16 parques eólicos, hay un total de 13 resoluciones estimatorios de la suspensión y otros tres en sentido contrario.
El fallo del Supremo, emitido a finales de 2023, revocó la anulación de la autorización del parque eólico Corme G-3, en el municipio de Ponteceso (A Coruña), al estimar el recurso de la Xunta Galicia y EDP Renovables, con lo que el sector eólico consideraba que así se conseguía mayor seguridad jurídica y se abría la puerta a tumbar múltiples suspensiones realizada por el alto tribunal gallego. Sin embargo, estas suspensiones continúan en este 2024.
Así, el TSXG subraya que adapta sus criterios al fallo del Supremo, lo que implica descartar dos de las causas que el alto tribunal gallego tuvo en cuenta para decretar la anulación de algunas instalaciones, ambas relacionadas con el plazo del trámite de información pública en el procedimiento de evaluación de impacto ambiental --antes de dictarse la autorización de los proyectos-- y del acceso a los informes sectoriales por el público interesado en ese trámite.
En concreto, el TSXG ha adoptado las medidas cautelares de suspensión solicitadas respecto a los siguientes parques eólicos: Monte Neme (municipios de Carballo y Malpica de Bergantiños); Zamorra (Agolada); Touriñan III-2 (A Estrada, Cuntis y Campo Lameiro); Pico Seco (Lalín y O Irixo); Figueiras (Mondoñedo, Alfoz y Valadouro); Reboiro (Baralla, Castroverde y O Corgo); Rodeira (Vila de Cruces y Lalín); O Cerqueiral (Cabana de Bergantiños, Coristanco y Santa Comba); Chao do Marco (Becerreá); Felga (Aranga, Coirós y Oza-Cesuras); Serra do Faro (Rodeiro, Dozón, San Cristovo de Cea y Piñor); Monte Peón (A Lama); y As Encrobas (Cerceda, Carral y Ordes).
En cambio, el alto tribunal autonómico ha desestimado las pretensiones de suspensiones cautelares de los siguientes parques: Vilartoxo (A Baña y Val de Dubra); Neboada (A Rúa, A Pobra de Trives, San Xoán de Río, Vilamartín de Valdeorras, Quiroga y Ribas de Sil); y O Cerqueiral (Cabana de Bergantiños, Coristanco y Santa Comba).
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