El juez que instruye la causa por el accidente del tren Alvia en Angrois ha decidido investigar al director de seguridad en la circulación de Renfe, Antonio Lanchares, por su implicación en la evaluación de riesgos de la línea en la que se produjo el siniestro.
Además, ha citado en la misma calidad de investigados, para "garantizar el legítimo derecho de defensa", a tres técnicos de la consultora Ineco (cuyo accionariado se lo reparten Enaire, Adif y Renfe) que realizaron un informe de evaluación sobre la línea de alta velocidad que conecta Ourense con la capital gallega.
Así consta en un auto con fecha de este 19 de octubre, con el que el instructor llama a declarar el 7 de noviembre a las 9,30 horas a Lanchares y a las 12,00 horas de ese mismo día a una de las personas responsables del informe de Ineco. Para el día 8 llama a los otros dos autores del documento, a las 9,30 horas y a las 12,00 horas, respectivamente.
El titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Santiago, Andrés Lago, pidió identificar a estas personas el pasado 15 de septiembre, y era previsible que, tras aportar los nombres la operadora ferroviaria y la abogada del Estado (en nombre de la empresa de consultoría), fuesen citados. Así las cosas, declararán todos en calidad de investigados.
De esta forma, son seis ya los investigados por el siniestro, al sumarse estos cuatro al maquinista Francisco Garzón Amo, que circulaba despistado porque había recibido una llamada del interventor; y al ex jefe de seguridad en la circulación de Adif, Andrés Cortabitarte.
"CORRESPONSABILIDAD" DE LANCHARES
Tanto la citación de los técnicos de Ineco como la de Lanchares se derivan de la declaración de Cortabitarte, de la que, según recuerda el instructor en el auto, "se infiere" que "la tarea de evaluación de riesgos previa a la puesta en funcionamiento de la línea no era una competencia exclusiva de Adif, sino compartida con la operadora ferroviaria".
Renfe, teniendo en cuenta la declaración del exresponsable de seguridad de Adif, "en caso de advertir alguna situación de riesgo, podría incluso cuestionar u oponerse a la emisión del preceptivo certificado de seguridad que habría de emitir la Dirección de Seguridad en la Circulación de Adif", recoge el juez.
Ello, añade, "sitúa a Lanchares en situación equiparable a la del propio Cortabitarte, de tal modo que cualquier posible defecto en la evaluación de riesgos que pudiere tener incidencia causal en la generación del siniestro sería corresponsabilidad de ambos".
Por ello le llama a declarar en calidad de investigado, y también sin "obviar" que Lanchares fue quien solicitó "la desconexión del ERTMS", que fue autorizada "el mismo día" por Cortabitarte "sin que conste que, con carácter previo, se hubiere realizado una previa evaluación del riesgo". Si bien esta medida se preveía temporal, tal y como destaca el juez, "a la postre se mantuvo" y estaba vigente en el momento del accidente.
Andrés Lago indica que "no es este todavía el momento de valorar qué incidencia causal pudo tener" la desconexión del ERTMS embarcado, pero sí ve "necesario esclarecer si tal decisión fue precedida o no de una correcta evaluación de los riesgos". "Particularmente", según agrega, "a la hora de conjurar el riesgo de descarrile por exceso de velocidad o descuido del maquinista".
PARA RECABAR "EXPLICACIONES"
El juez hace hincapié en su auto en que a los técnicos de Ineco los cita en calidad de investigados "inicialmente" y "para salvaguardar su derecho de defensa", cosa que no explicita para Lanchares.
Como a él, los cita después de que el alto cargo de Adif investigado apuntase a su labor. "Según se desprende de la declaración prestada por Cortabitarte, la función de tales técnicos no se limitaba a una mera función auditora exenta de capacidad decisoria o propositiva, sino que eran dichos técnicos los encargados de efectuar la evaluación de riesgos y, en caso de resultar alguno que no fuera despreciable, comunicar a Adif las medidas necesarias para conjurar el mismo", comenta el juez.
También señala que el responsable del administrador ferroviario adujo "los términos contractuales que rigen entre el Adif e Ineco, según los cuales era competencia de esta última realizar un análisis del registro de situaciones de peligro resultante así como de las medidas adoptadas para la reducción de riesgos o su eliminación, haciéndolos tolerables para la administración".
Precisamente para "recabar las explicaciones" de los técnicos al respecto, les cita en calidad de investigados.
OTRAS DECISIONES
Por otra parte, Lago reclama a Renfe en su auto la documentación que solicitó en su día el abogado que defiende al maquinista, Manuel Prieto. También añade algunas cuestiones para que responda la Agencia Ferroviaria Europea, de la que está pendiente la elaboración de un informe requerido por el juez.
La respuesta a este requerimiento se ha retrasado toda vez que el envío se realizó a una dirección errónea. Ahora, el titular del juzgado ordena también librar comisión rogatoria por el cauce procesal ordinario, para que se cumpla este extremo.
Por último, no estima "procedente de momento" la petición de QBE, la aseguradora de Renfe, que había solicitado que prestase fianza Allianz para asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudiesen declararse.