Fachada del Concello de Ourense.

El juez ha anulado el nombramiento de Francisco Javier Rodríguez Nóvoa como jefe de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Ourense al considerar que en su elección se ha producido una desviación de poder. Además, ha condenado al Consistorio a hacerse cargo de las costas del juicio.


La decisión judicial se produce después de que, en agosto de 2016, el PSOE y Ourense en Común presentasen un recurso de reposición en contra del nombramiento de Rodríguez Nóvoa como jefe de servicio de Recursos Humanos por considerar que su elección se había hecho "a dedo".


Los portavoces de ambos partidos advertían de que, en caso de que el recurso fuese desestimado, presentarían un contencioso administrativo. La vista tuvo lugar el pasado 20 de septiembre.


En su sentencia el juez ha declarado la nulidad del nombramiento de Rodríguez Nóvoa y su toma de posesión como jefe de Recursos Humanos al considerar que la forma de baremación de los candidatos fue "nula de pleno derecho" ya que se estableció "privilegios" y una puntuación diferente a los aspirantes en función de la Administración en la que prestaron sus servicios.


En este sentido, condena que no haya "ninguna explicación" que ampare el hecho de que haber trabajado en el Ayuntamiento de Ourense "capacite mejor a un aspirante al frente de Recursos Humanos" sobre otro que haya ejercido la misma función en otra Administración.


Respecto a la valoración de los cursos criticada por los denunciantes, la sentencia recuerda que el Decreto Autonómico 93/1991 incide en que deberán valorarse los méritos de los concurrentes en base a las características del puesto ofrecido.


CUALIFICACIÓN


También incide en que es "complicado afirmar" que ninguno de los cursos presentados por Rodríguez Nóvoa tenga relación con el Área de Recursos Humanos, "ya que se desconoce su contenido, y no se ha practicado prueba alguna en relación a esta cuestión".


Respecto a la posibilidad de una "desviación de poder" la sentencia apunta que el carácter eminentemente técnico y jurídico del puesto correspondiente a la Jefatura de Servicios de Recursos Humanos, "saltó por los aires" al abrirse el concurso a cualquier persona con independencia de su titulación.


El juez recuerda que esta decisión se produjo tras la reforma de la Relación de Puestos de Trabajo en 2009, bajo gobierno socialista, cuando se eliminó la necesidad de una correspondencia entre el puesto a cubrir y la titulación del candidato .


También señala que tras ganar las últimas elecciones generales los 'populares' no modificaron este requisito "porque así se facilitaba su labor de destinar" el puesto al candidato elegido.


"Del mismo modo que nadie entendería que el titular y máximo responsable de una farmacia fuese un Licenciado en Derecho (...) resulta muy difícil, por no decir imposible que en un puesto cuyo contenido fundamental es de carácter jurídico (...) la persona que el tribunal considera que, de largo, conoce mejor el terreno y se ajusta mejor a las características del puesto" sea un Licenciado en Farmacia, concluye la sentencia.


RECURSO DE APELACIÓN


El Ayuntamiento de Ourense ha descartado realizar ninguna valoración y ha recordado que no se trata de una sentencia firme y que cabe recurso de apelación en los quince días siguientes a su notificación.


Desde el grupo de gobierno se ha insistido en mostrar "respeto" a la decisión judicial aunque se ha confirmado que se estudiará la conveniencia de presentar un recurso.


El portavoz de Democracia Ourensana, Gonzalo Pérez, ha destacado que la sentencia supone un "golpe de atención" al PP, pero también el PSOE. Así, ha resaltado que el juez "señala que el PP aprovechó las bases que dejaron los socialistas" para colocar a su candidato a la jefatura de Recursos Humanos.


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