El Gobierno gallego ha aprobado la Ley de protección y bienestar de los animales de compañía que busca, en palabras del presidente, Alberto Núñez Feijóo, "luchar al máximo contra el maltrato animal y el abandono". También ha avanzado que, en la línea del paso dado ya por varios ayuntamientos, Galicia prohibirá los circos con animales salvajes.


Lo ha anunciado tras el Consello de la Xunta de este jueves, en una rueda de prensa en la que ha subrayado que la nueva ley, que ahora se enviará al Parlamento, también aspira a sensibilizar en la necesidad de preservar el bienestar animal.


Si Feijóo ha aludido a la prohibición para todo el territorio gallego de los circos con animales salvajes, no ha aludido sin embargo a las corridas de toros, otra cuestión que es objeto de polémica y cuyo veto reivindican de forma reiterada los organismos ecologistas.


De forma genérica, ha incidido en que uno de los retos de la norma es que Galicia sea "una comunidad libre" de abandono de animales de compañía y que tenga una de las legislaciones más avanzadas de la Unión Europea (UE).


En cuanto al maltrato, una de las novedades que incorpora el nuevo texto es que tipifica de infracción grave el maltrato animal no solo en su representación como violencia, sino también por someter a los animales a condiciones higiénicas y sanitarias cuestionables.


SANCIONES


Feijóo no ha concretado la cuantía de las sanciones en supuestos de maltrato o abandono por no disponer del dato, pero ha asegurado que se mantienen en los términos de la ley vigente, cuestión que han ratificado posteriormente a Europa Press fuentes de la Consellería de Medio Ambiente.


Así, los importes de multas que se contemplan van de 100 a 500 euros en el caso de las infracciones leves; de 501 a 5.000 euros en el caso de las graves; y de 5.001 a 30.000 euros para las muy graves.


Además, el personal funcionario de la Administración también podrá hacer o participar en las inspecciones, además de los veterinarios.


PROHIBIDAS LAS MUTILACIONES "ESTÉTICAS"


La norma recoge la prohibición de todo tipo de herramientas destinadas a impedir o limitar la movilidad de un animal, que les produzca daños o sufrimientos, o les impida mantener su posición normal.


También se señala como obligación abrevar y alimentar a los animales durante el transporte; emplear equipos adecuados en la carga y descarga que no produzcan sufrimiento; y queda prohibido su transporte en los maleteros totalmente cerrados y sin ventilación adecuada, así como atarlos a vehículos de motor en marcha.


Asimismo, quedan prohibidas todas aquellas conductas que supongan mutilaciones en los animales --cortar el rabo a los perros, por ejemplo-- con el fin único de "mantener unas características de tipo racial o estético".


LOS PROPIETARIOS NO PUEDEN SACRIFICAR


Otras novedades que incorpora la normativa es que el sacrificio de un animal de compañía siempre será prescrito por un profesional veterinario "en los supuestos y en las condiciones establecidas por la propia ley", y los propietarios no podrán hacerlo.


Frente al abandono, se apuesta por la creación de hogares de acogida, con un régimen de acogimiento temporal en el que se garantice el cuidado, atención y condiciones higiénico sanitarias que precise, y estará condicionado a la devolución inmediata del animal en el caso de que apareciese un adoptante.


Además, se prohíbe la adquisición de animales de compañía por menores de 16 años, salvo que cuenten con la autorización de su tutor legal.


LICENCIA MUNICIPAL


Igualmente, la norma introduce la obligatoriedad de identificación en todos los casos de perros, mediante un microchip y su inscripción en el Rexistro galego de identificación de animales de compañía; una medida que ayudará a minorar la lacra del abandono, al permitir la identificación del titular del animal.


En el caso de animales potencialmente peligrosos, además de establecer su concepto y concretarse las razas de perro que tienen tal consideración, se fija la obligación de contar previamente con una licencia municipal para tener un perro de estas características, que también deberá inscribirse en el registro municipal de animales potencialmente peligrosos.


Asimismo, las asociaciones de defensa y protección de los animales deberán inscribirse en el Rexistro Galego de Asociacións, dada la importancia de la labor que desarrollan, por lo que se prevé la posibilidad de declararlas como entidades colaboradoras de la Xunta y, de ser así, poder suscribir convenios de colaboración con especial énfasis en la divulgación y educación para tener estos animales.


SENSIBILIZACIÓN


Por último, el presidente ha incidido en que la Xunta divulgará el contenido de esta ley entre los escolares y demás ciudadanos y velará por la inclusión de contenidos relacionados con la protección animal en los programas educativos que se desarrollen en su ámbito territorial.


También se promoverá la realización de campañas de formación destinadas a los propietarios de animales.


Además de recalcar que este proyecto legislativo es fruto del diálogo, Feijóo ha remarcado que el nuevo documento recoge la creación del Comité Consultivo para a Protección Animal, en el que estarán representados la Xunta, la Federación Galega de Municipios e Provincias (Fegamp), las asociaciones de protección y defensa de los animales, el Consello Galego de Colexios Veterinarios, y entidades medioambientales.

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