En el año 2002, el Pleno del Congreso de los Diputados, aprobó por unanimidad, como proposición no de ley, la Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia. Este importante documento consta de cuatro apartados. El primero de ellos habla del desarrollo de los principios de transparencia, información y atención adecuada. Hoy voy a hablar solo de este último punto, que mayoritariamente no se suele cumplir.
Son muchas las ocasiones que una buena parte de funcionarios -no todos- de los juzgados atienden pésimamente a los ciudadanos; con desgana, con indiferencia, con prepotencia como si los ciudadanos fueran delincuentes. Si se les pregunta más "de la cuenta" miran con cara de asco. Es como si estuvieran haciendo un favor a sus interlocutores. No se dan cuentan que es su trabajo y que lo desarrollan en una institución pública, con lo que ello significa.
Esta que escribe acudió, este martes, al juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 9 de Gavá. En la misma planta se encuentra también el número 7. Acompañaba a una persona. Tenía un tema entre manos, realmente curioso y quería acompañarla en su entrevista con el juez. No me dejaron entrar. Cuando pregunté el motivo, la servidora pública encogió los hombros. Solo estaba citada la persona interesada, su señoría no quería ningún acompañante. Le pregunté a la funcionaria las razones para no dejarme entrar -por cierto no llevaba ninguna identificación como contempla la Carta-. Me quejé y, como si hablara con un extraterrestre, no me hizo ni caso. Pregunté por el nombre del juez, y la respuesta de ella fue que para qué lo quería saber. Le respondí que no se lo iba a explicar a ella, que era un tema personal. Su respuesta: "no se lo puedo dar, es como si usted me preguntara su número de teléfono, ¿cree que se lo iba a dar?". Su número de teléfono es personal y no se me ocurriría pedirlo, hasta ahí llego. Me sentí que me trataba como una imbécil. ¿Cómo se deben sentir los demás?
Según el artículo 13 de la Carta, "el ciudadano tiene derecho a conocer la identidad y categoría de la autoridad o funcionario que le atienda, salvo cuando esté justificado por razones de seguridad en causas criminales. Los datos figurarán en un lugar fácilmente visible del puesto de trabajo", situación que no se daba. Viendo el panorama y que el resto de funcionarios miraban como si fuera un bicho raro y, sin conocer como había ido "la charla" con su señoría, opté por sentarme y observar cómo seguían actuando los funcionarios con las personas que se iban acercando al mostrador. No pasó ni dos minutos, cuando una señora de mediana edad que llevaba una media hora esperando, se dirigió a una empleada pública que acababa de incorporarse a su trabajo y le preguntó por un papel que debía entregarle. Sin pararse, ni mirarla a la cara, se fue directamente a su mesa de trabajo y desde allí le respondió que no lo tenía. Ante la explicación, ésta le preguntó por qué, a lo que la "eficiente" empleada pública le contestó que por qué no estaba. La afectada, le repitió la pregunta y ella le manifestó que porque tenía temas más urgentes que el suyo. La afectada le espetó que era rectificar un documento, en el que el juzgado número 7 se había equivocado y que su tema también era muy urgente en su día.
No sé como terminó el "asunto" porque tuve que marcharme. La entrevista con el juez había concluido y quería conocer el resultado de la misma. Por cierto, su señoría estuvo acompañado por el letrado del juzgado.
Lo indignante es que este tipo de empleados públicos estén "atendiendo" de mala manera a las personas que se acercan al mostrador y mirando a la gente con aires de superioridad, pasando de algo que se llama transparencia y derecho a la información que tiene cualquier ciudadano.
Para dejar bien claro y que nadie se olvide de sus obligaciones, quiero resaltar dos artículos de la Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia, que son muy ilustrativos, y que solo se aguantan en el papel porque, en el día a día, la Carta debe estar depositada en la casilla de correos.
Estos son:
18.- El ciudadano tiene derecho a exigir responsabilidades por error judicial o por el funcionamiento anormal de la Administración de Justicia. • Los daños causados en cualesquiera bienes o derechos de los ciudadanos darán lugar a una indemnización que podrá ser reclamada por el perjudicado con arreglo a lo dispuesto en la Ley.
19.- El ciudadano tiene derecho a una tramitación ágil de los asuntos que le afecten, que deberán resolverse dentro del plazo legal, y a conocer, en su caso, el motivo concreto del retraso.
Este diario no es dudoso de tratar bien a los jueces, fiscales y funcionarios, ni mucho menos, solo hay que mirar la hemeroteca, pero hay actitudes, actos, modos que en el siglo XXI no se puede permitir y hay que denunciarlo.
"Los funcionarios son los empleados que el ciudadano paga para ser la víctima de su insolente vejación", decía el escrito italiano Pitigrilli hace ya algo así como casi dos siglos.