El Tribunal Supremo ha decidido aplicar por primera vez la retroactividad total de una cláusula suelo, adaptando así la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en esta materia después de estudiar un recurso planteado por BBVA.


Hasta ahora, los bancos solo tenían que anular estas cláusulas correspondientes a hipotecas efectuadas desde mayo de 2013, tal y como había fallado el Supremo. Sin embargo, el alto tribunal ha modificado su decisión y la adecua a la sentencia del Tribunal europeo, que señala que no se puede acotar en el tiempo la devolución cuando se trata de cláusulas abusivas. 



El alto Tribunal, que ya ha comunicado el fallo a las partes, tampoco cree que sea procedente plantear al Tribunal de Justicia de la Unión Europea las cuestiones prejudiciales que proponía BBVA. El texto íntegro de la sentencia se conocerá en los próximos días.


Fuentes de BBVA han explicado a Europa Press que el banco "respetará y cumplirá" la resolución jurídica del Tribunal Supremo "sin reservas". "En cuanto recibamos la sentencia procederemos a atender las reclamaciones", han apuntado.


ACLARACIONES TRAS LA SENTENCIA DEL TJUE


El banco acudió al Supremo con la necesidad de aclarar dos cuestiones concretas tras conocer la sentencia europea que determinó que las entidades de crédito deberían devolver a sus clientes lo cobrado de más por cláusulas suelo: si en su caso se podía aplicar la cuestión de "cosa juzgada", ya que se vio afectado por la sentencia de mayo de 2013, y si algunas de las acciones de devolución han podido prescribir o caducar.


BBVA estaba pendiente de esta decisión para proceder a aplicar el Real Decreto del Gobierno sobre esta materia. "Tan pronto como el Tribunal Supremo, digamos, interprete esta resolución de Europa, nosotros procederemos de forma rapidísima a devolver todo ese dinero a todas aquellas personas que, lógicamente, tengan derecho a ello", señaló González en rueda de prensa de presentación de resultados al ser preguntado por el asunto.


Por el momento, la entidad ya tiene constituido "un equipo muy potente" para recibir las reclamaciones de sus clientes, además de haber habilitado su página web, ofrecer su correo electrónico y trasladar toda la información necesaria a sus sucursales.


Por otra parte, el Supremo ha desestimado un recurso de casación que pretendía la nulidad de una cláusula suelo de Caja Rural de Teruel por falta de transparencia, ya que entiende que la condición cumple los requisitos de transparencia establecidos por su jurisprudencia desde la sentencia del 9 de mayo de 2013.

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