El Juzgado de Primera Instancia número 4 de A Coruña ha dictado una sentencia en la que se aplica el carácter retroactivo de la devolución de cláusulas suelo cobradas por un banco al cliente de una hipoteca en Galicia, según informa la compañía online de reclamaciones Reclamador.es.
En un comunicado, la compañía señala que la resolución se realiza "bajo el estricto respeto a la jurisprudencia que acaba de aplicar el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia del pasado 21 de diciembre", explica.
El demandante es un vecino de Oleiros (A Coruña) que firmó una hipoteca en el año 2009 por un importe de 175.000 euros con una cláusula suelo del 3.5 por ciento nominal anual.
Ahora, la sentencia obliga a la entidad bancaria, en este caso el Banco Popular, a devolver a la parte actora "las cantidades que por aplicación de dicha cláusula se hayan liquidado desde el inicio del contrato, más los intereses legales, con imposición de costas".
Por otra parte, Reclamador.es, que estima que hay más de 200.000 afectados en Galicia por cláusulas suelo, recuerda que la devolución del dinero no es automática y que los afectados por cláusulas suelo deberán reclamar por vía judicial.