Empresarios, ecologistas, Xunta y plataformas vecinales, a menudo enfrentados, coinciden hoy en algo. Todos están escudriñando la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia a raiz de una denuncia de la CIG que anula varios artículos del Decreto de 2023 por el que la Xunta privatizó algunas funciones de evaluación ambiental.
Para desentrañar el potencial enorme impacto de esta sentencia, Galiciapress conversó con Borxa Colmenero. Es parte del bufete Xoán Antón Pérez Lema - Avogados e Consultores, corresponsable de muchos de los fallos por los que el TSXG ha paralizado parques eólicos.
¿Implica la sentencia conseguida por la Confederación Intersindical Galega (CIG) que todos las evaluaciones ambientales de la Xunta dictadas tras el decreto son inválidas? De ningún modo, responde el Doctor en Derecho por la Universidade de A Coruña y docente de la UoC.
En su opinión, sólo están en peligro los expedientes en los que la Administración tiró de empresas privadas para hacer informes de evaluación ambiental que después asumió como propios. En principio, tampoco correrían riesgo los permisos concendidos mediante expedientes en los que la Xunta recurrió al sector privado para labores concretas, menores. Por ejemplo, realizar los trabajos de campo.
Entonces, ¿cuántos permisos ambientales posteriores a 2023 son susceptibles de ser tumbados? Colmenero señala que es imposible determinarlo, habría que revisar expediente a expediente. Anima a los afectados a hacerlo. ¿Cómo? Buscando en el papeleo alguna resolución por la que la Xunta delega las competencias a una empresa.
Este letrado es experto en pleitos eólicos. Por lo tanto, conoce al detalle la maraña jurídica del sector. “No caso dos proxectos eólicos nos que nós participamos non se utilizaron empresas externas; toda avaliación ambiental foi feita por administracións públicas”, reconoce, para alivio de los promotores y disgusto de ecologistas y plataformas críticas. El letrado recuerda que su buffet llevó muchos casos de este tipo, tanto posteriores como anteriores al decreto de 2023.
Ahora bien, el abogado también razonó que “o decreto foi aprobado para ser utilizado (...), sobre todo naqueles proxectos que podrían ser máis conflictivos para a propia administración”. Añade, además, que la puerta de recurso que ahora se abre debería estar disponible en casi todos los casos, incluso por la vía administrativa, sin tener que ir a los juzgados. El motivo es que el decreto es de 2023, por lo que muy pocos expedientes ambientales -que suelen ser farragosos- iniciados desde entonces deberían ser ya firmes administrativamente. Por lo tanto, cabría advertir a la Xunta del riesgo de nulidad de pleno derecho, en el caso de que haya privatizado la evaluación.
Consecuencias para la celulosa de Greenfiber (Altri + Greennalia) en Palas de Reis
Si hay un proyecto conflictivo e importante en Galicia en este tiempo es el de Altri. ¿La sentencia del TSXG abre la puerta a que los críticos tumben el expediente?
Colmenero no se moja por completo, porque no tiene acceso al expediente. Ahora bien, señala que en principio podría ser un caso “de libro”, susceptible de nulidad de pleno derecho. Así, recuerda, que los medios de comunicación se han hecho eco de que el visto bueno concedido por Augas de Galicia se firmó en base a un informe encargado a una consultora privada.
Críticos con el plan han filtrado que el informe de Augas lo ha elaborado una empresa privada, Aquática Ingeniería. Ese sería el informe que funcionarios, según CIG Administración, se negaron a avalar. A la vista de estos datos, “parece o prototipo de proxecto onde mañá mesmo se pode recurrir”, indica el especialista.
Eso sí, no todo el mundo puede reclamar a una administración pública que tumbe una evaluación ambiental. Solo los que figuran como interesados en el expediente.
El problema para los críticos con el polémico proyecto de la celulosa de Palas de Rei es que no parece que figuren como interesados, pues en varias ocasiones colectivos como Ulloa Viva se han quejado de que no tenían acceso al expediente.
Sin embargo, sí deberían figurar como interesados los ayuntamientos afectados por la pastera y también los vecinos a los que se les pretende expropiar tierras. Ellos sí podrían reclamar en breve a la Xunta que paralice el expediente. Una eventual paralización supondría un durísimo golpe para el proyecto, pues la evaluación ambiental ya va con retraso, la Xunta prometió publicarla en diciembre.
La Xunta ya anunció que recurriría la sentencia, dictada tras una denuncia de la CIG. Con todo, Colmenero interpreta que un recurso ante el Supremo tendría, en principio, poco recorrido. El TSXG argumenta que el Supremo ya ha fallado en casos similares en contra de la externalización de las evaluaciones ambientales, por lo que sería raro, aunque no descartable, que cambiase de criterio.
Por último, el experto legal señala la importancia del dictamen de ayer. “Ten moita relevancia esta sentencia porque ponlle límite a externalización das funcións públicas, de tipo neoliberal”, indica antes de apuntar que estos procesos de “endoprivatización” de las funciones públicas son cada vez más frecuentes.
Procesos en los que la Administración cede al sector privado la capacidad de evaluar ambientalmente proyectos y que ahora se enfrentan a ser declarados nulos de pleno derecho, ya que se estaría violando el artículo 45 de la Constitución, el que regula el derecho disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.