El Gobierno ha aprobado este martes 11 de febrero en Consejo de Ministros, en primera vuelta, el anteproyecto de ley presentado por el ministro de Derechos Sociales, Pablo Bustinduy, para reformar las leyes de discapacidad y dependencia, que incluye entre otras medidas, el reconocimiento de la teleasistencia como derecho universal para todas las personas con dependencia, el reconocimiento automático del 33% de discapacidad a las personas con algún grado de dependencia y la supresión de las incompatibilidades entre las prestaciones.

Según han explicado fuentes del Ministerio de Derechos Sociales, las reformas buscan promover "un cambio de paradigma" que avance hacia un modelo de cuidados basados en la comunidad y que fomente la autonomía y esperan que la ley de dependencia pase a ser conocida como ley "de la autonomía". Según han precisado las mismas fuentes, la ley establece condiciones mínimas y básicas, y todo lo que plantea es de obligado cumplimiento.

Además, buscan "agilizar los procesos administrativos, evitando sobrecargas burocráticas" y, por ello, la reforma incluye medidas como la asimilación de las personas a las que se les haya reconocido oficialmente una situación de dependencia (en cualquier grado) a una discapacidad del 33%.

Asimismo, con el objetivo de "eliminar rigideces e ineficiencias" y mejorar la "flexibilidad" del sistema, el anteproyecto suprime el régimen de incompatibilidades entre distintas prestaciones que, según recuerdan fuentes del Ministerio, fue "impuesto con los recortes de 2012. Esta medida permitirá a las personas recibir varias ayudas simultáneamente, por ejemplo, el centro de día y la ayuda a domicilio.

Igualmente, se elimina el periodo suspensivo de dos años que retrasaba el acceso a la prestación económica para cuidados en el entorno familiar y se simplifican los trámites administrativos en la revisión del Programa Individual de Atención (PIA) reforzando el derecho de las personas a participar en la elección de servicios y exigiendo a la administración una justificación motivada en caso de que no se respete la elección de la persona.

Al mismo tiempo, se establece un "procedimiento de urgencia" para situaciones de especial vulnerabilidad, en la misma línea que la ley ELA, en caso de demencias, aislamiento social, violencia de género o precariedad económica, factores que permitirán reordenar el tratamiento de los expedientes.

CUIDADOS DE PERSONAS ALLEGADAS
Por otro lado, se amplía la prestación económica para cuidados en el entorno familiar, permitiendo que también pueda recibir la ayuda cuando el cuidado sea prestado por parejas, amigos u otras personas allegadas, respondiendo a nuevas situaciones de convivencia o a situaciones de personas que viven solas.

Además, el servicio de ayuda a domicilio que estaba centrado en necesidades de cuidado personal y domésticas, se extiende a actuaciones en el entorno comunitario, pudiendo ampliarse a actividades como hacer la compra o ir al médico.

Se elimina también la restricción que limitaba la asistencia personal a los ámbitos de educación y trabajo, permitiendo que se oriente a cualquier edad y a todas las áreas de la vida de la persona y se reconoce la teleasistencia como derecho universal para las personas en situación de dependencia que residan en su domicilio.

Asimismo, se incluyen tres nuevos servicios en el catálogo, los cuales ya se están desarrollando en algunas CCAA y están reconocidos en sus carteras: el 'cohousing' o modelos de vivienda colaborativa; el servicio de préstamo de sillas de ruedas u otros productos para mejorar la autonomía; y el servicio de asistencia personal.

Según fuentes ministeriales, respecto al catálogo de servicios, la ley establece que las cuantías y condiciones de los servicios corresponden al Consejo territorial para luego determinarse en el Real Decreto por el que se regulan las prestaciones. Por tanto, una vez se apruebe la ley, se deberá actualizar ese Real Decreto (tras acuerdo en consejo territorial), para que, una vez esté actualizado, se modifique en la normativa de las CCAA.

ASIGNACIÓN DE RESIDENCIA
Las reformas también se centran en garantizar el derecho a la elección y la permanencia en el entorno comunitario. Así, por ejemplo, la asignación de residencias se basará en las preferencias del usuario y se respetará su puesto de la lista de espera en caso de falta de disponibilidad; se garantiza una atención libre de sujeciones, que solo se podrán utilizar en situaciones excepcionales, y se refuerza el derecho a acceder a la atención sanitaria en igualdad de condiciones, implementando procedimientos de coordinación entre los servicios sanitarios y sociales.

También se incluye un nuevo artículo que reconoce los derechos de las personas cuidadoras no profesionales, incluyendo el derecho a recibir apoyos, asesoramiento, seguimiento y formación para su bienestar físico y emocional; a obtener información comprensible y accesible sobre prestaciones y calidad de los servicios; y a disponer de medidas para la conciliación de su vida personal, familiar y laboral.

Actualmente, el Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia (SAAD) atiende a un total de 1.644.073 personas actualmente, casi 260.000 personas más con derecho a prestación que a inicios del año 2020, lo que supone un incremento de casi el 19%, según datos del Ministerio de Derechos Sociales. Además, en el último año, han ingresado en el sistema 77.409 personas, lo que representa un incremento del 5%.

Aunque el gasto público en dependencia, 0,89% del PIB, se encuentra por debajo del promedio de la OCDE (1,55%), según señalan fuentes ministeriales, se ha registrado un aumento del 130% en los Presupuestos Generales del Estado y se ha reducido la lista de espera "a la mitad". En concreto, precisan que hay 193.745 personas en lista de espera.

Además, precisan que el incremento de la financiación está contemplado en el acuerdo de gobierno y pendiente de aprobación de nuevos presupuestos. Este acuerdo establece el objetivo de que la Administración General del Estado (AGE) cubra el 50% del total, garantizando al mismo tiempo que las comunidades autónomas mantengan su inversión propia.

FONDO ESTATAL DE ACCESIBILIDAD
Por otro lado, en el ámbito de la discapacidad, la reforma de la ley incluye, entre otras medidas, la creación de un Fondo Estatal de Promoción de la Accesibilidad Universal, para financiar por ejemplo, la instalación de rampas para sillas de ruedas o QR para audiodescripciones, en espacios como museos u otros; o la creación del Registro estatal de tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad, para evitar el fraude en el uso de estas tarjetas.

También se regula la accesibilidad universal como un derecho; se garantiza la accesibilidad universal en el Sistema Nacional de Salud y se supervisan la inteligencia artificial y otras tecnologías para eliminar sesgos discriminatorios hacia las personas con discapacidad.

En materia de accesibilidad en la vivienda, se modifica la Ley de Propiedad Horizontal y se establece que las obras encaminadas a asegurar la accesibilidad, como la instalación de rampas o ascensores, serán obligatorias, y las comunidades de vecinos deberán solicitar las ayudas para tramitarlas siempre que lo pida un vecino.

Además, la reforma refuerza la protección de los derechos de mujeres y niñas con discapacidad y se otorga valor a que las personas con discapacidad puedan fundar una familia.

Por otro lado, se castigarán como infracción grave los espectáculos en los que haya una exposición pública de una persona con discapacidad, como el 'show' del bombero torero en el que participan personas con acondroplasia, y las multas impuestas como consecuencia de una sanción establecida en esta ley se destinarán a programas de promoción de la accesibilidad universal.

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