El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la nulidad del despido de un trabajador de una agencia de publicidad con sede en Santiago de Compostela, al considerar que la empresa vulneró sus derechos fundamentales. El empleado recibió la notificación de su cese a través de WhatsApp mientras se encontraba en urgencias del CHUS por un cuadro de ansiedad.
Una decisión firme pero una indemnización modesta
El Juzgado de lo Social nº2 de Santiago de Compostela había dictado inicialmente la sentencia, señalando que la compañía despidió al trabajador sin una justificación válida, minutos después de que este informara a su superior de su situación médica. Según el fallo, la empresa deberá readmitir al empleado y abonarle una indemnización de 7.500 euros.
La jueza también consideró que el supuesto periodo de prueba alegado por la empresa no era aplicable, ya que el trabajador había sido contratado anteriormente para realizar las mismas funciones. Además, las "quejas de clientes" mencionadas por la compañía no fueron respaldadas con pruebas suficientes durante el juicio.
El contexto legal: despidos en situación de baja médica
El caso se enmarca en un debate más amplio sobre la legalidad y los límites éticos de los despidos durante bajas médicas en España. Según el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores, un despido motivado por una incapacidad temporal es nulo. En estos casos, el empleado tiene derecho a ser reincorporado y a recibir los salarios no percibidos.
Sin embargo, en la práctica, algunas empresas argumentan otras razones, como motivos organizativos o disciplinarios, para justificar los ceses, lo que genera controversia y, en ocasiones, resoluciones judiciales contradictorias.
Diferencias entre tribunales y opiniones enfrentadas
Mientras que algunos juzgados, como el TSXG, han sido claros al proteger los derechos de los trabajadores en situaciones de baja médica, otros, como el Tribunal Supremo, han aceptado ciertos despidos si las empresas presentan causas estructurales o económicas válidas. Esta disparidad en los fallos añade complejidad al marco legal.
La Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) defiende que, en determinados casos, despedir a un trabajador en baja es imprescindible para garantizar la sostenibilidad de las empresas.
El respaldo del TSXG a la nulidad del despido refuerza la protección de los trabajadores en situaciones de vulnerabilidad médica. La resolución, ya firme, no admite recurso y sienta un precedente importante en la lucha contra despidos improcedentes en Galicia.