Recuerda, en todo caso, que "corresponde a las autoridades nacionales competentes verificar" el cumplimiento de los requisitos pertinentes
La Comisión Europea afirma que "en esta fase no ha recibido pruebas que apunten a un incumplimiento de la legislación de la UE" en relación al proyecto de Altri en Galicia, una iniciativa que, recuerdan, "está siendo objeto de una evaluación a nivel nacional" y para el que "no se ha concedido todavía la autorización".
Así lo apunta el vicepresidente ejecutivo Maros Sefcovic en nombre de la Comisión Europea, en una respuesta escrita a una pregunta formulada por la eurodiputada del BNG Ana Miranda sobre la cuestión, a la que ha tenido acceso Europa Press.
En concreto, Miranda recoge en su pregunta una respuesta previa de la comisión, en la que no detectan infracciones en este proyecto en "una fase temprana". Por ello, pregunta acerca del significado de esta fase temprana y, en concreto, por el análisis de la documentación entregada por los colectivos afectados en una reunión el pasado mes de abril.
Además, la eurodiputada pregunta si "es consciente la Comisión de que el proyecto de Altri es incompatible con la Ley de Restauración de la Naturaleza, especialmente debido a la expansión del cultivo del eucalipto y su impacto sobre la biodiversidad, el suelo, el cauce fluvial del río Ulla y la ría de Arousa", entre otros elementos.
En su respuesta, fechada de este lunes, la Comisión apunta que "ha examinado la información disponible" sobre el proyecto, "incluidos los documentos presentados por los grupos afectados en la reunión de abril" de este año, así como "la información publicada por las autoridades competentes".
"De la información disponible se desprende que el proyecto está siendo objeto de una evaluación a nivel nacional de conformidad con la Directiva de Evaluación del Impacto Ambiental y que no se ha concedido todavía la autorización para el mismo, ni el permiso contemplado en la directiva de emisiones industriales", recoge la respuesta, que añade que "en esta fase, la Comisión no ha recibido pruebas que apunten a un incumplimiento de la legislación de la UE".
En cuanto al reglamento relativo a la restauración de la naturaleza, la Comisión apunta que "establece objetivos vinculantes" para los Estados miembro, pero "no impone obligaciones directas a las empresas". "Corresponde a los Estados miembro determinar y establecer en sus planes nacionales de recuperación como alcanzar esos objetivos y donde poner en marcha medidas de restauración, teniendo en cuenta la situación a nivel nacional, regional y local", destaca.
Para finalizar, la Comisión recuerda que "corresponde en primer lugar a las autoridades nacionales competentes de los Estados miembro verificar el cumplimiento de todos los requisitos pertinentes de la UE".