La crisis de la Covid-19 tuvo muchas ramificaciones: fue una crisis sanitaria, social, económica... Un suceso sin precedentes en la historia moderna y que provocó daños que hoy, casi cinco años después, todavía resultan incuantificables. En el aspecto económico, encontramos muchos negocios cerrados, caída de ventas, familias arruinadas... Ejemplos los encontramos por doquier, pero muchos todavía tienen solución, como es el caso de un lucense que ha logrado la cancelación de su deuda.
CRÉDITOS Y DEUDAS
Se trata de un caso del que se hace eco el bufete 'Repara tu Deuda Abogados', que ha llevado este pleito en virtud de la Ley de Segunda Oportunidad, logrando la condonación de sus números rojos, que ascendían a 75.000 euros. El lugués ha visto como el Juzgado de Primera Instancia nº2 de Lugo dictaba la "exoneración del pasivo insatisfecho", un alivio de muchos miles de euros sobre el que, de otra forma, no podía hacer frente el afectado.
Se trata de un caso particular porque, como explican los letrados, se trata de una persona que se volvió insolvente a raíz de la pandemia. "El deudor solicitó préstamos que destinó a gastos tanto propios como de su familia, que estaba pasando por un mal momento (paro, fallecimientos …)", detallan los togados. En ese sentido, mientras se acumulaba la deuda, el afectado se vio obligado a pedir más préstamos. "Con sus ingresos, no pudo hacer frente a las cuotas de los mismos, lo que generó una situación de sobreendeudamiento", explican.
"España fue uno de los países de la Unión Europea que más tiempo tardó en incorporar a su sistema jurídico la Ley de Segunda Oportunidad, un mecanismo previsto para la cancelación de las deudas de particulares y autónomos. De esta forma se ofrecía una salida airosa a todas aquellas personas en estado de sobreendeudamiento que no pueden hacer frente a los pagos debidos a pesar de los esfuerzos realizados", agregan desde el despacho de Repara tu Deuda Abogados, que cifra en 290 millones de euros las deudas exoneradas desde septiembre de 2015.
"Esta legislación permite tanto a particulares como a autónomos quedar exonerados de sus deudas si cumplen previamente una serie de requisitos. En concreto, es suficiente con que el concursado no haya sido condenado por delitos socioeconómicos en los diez últimos años, que se encuentre en un estado actual o inminente de insolvencia y que actúe en todo momento de buena fe, sin ocultar bienes ni ingresos", argumenta el bufete
especializado en la defesa de los derechos de los consumidores