El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica este martes la orden que recoge las bases para la concesión de ayudas de la Consellería de Medio Rural en materia de sanidad vegetal a los viveros o explotaciones agrícolas afectadas por las llamadas 'plaga de cuarentena'.

Los beneficiarios de estas indemnizaciones, que cuentan con un presupuesto inicial de 40.000 euros, pueden ser personas físicas o jurídicas y entidades sin personalidad jurídica cuyos productos vegetales se hubieran visto afectados por medidas fitosanitarias adoptadas en virtud de la declaración de la presencia de alguna plaga de cuarentena.

Así, pueden solicitarse ayudas para plagas de couza guatemalteca, que afecta a la patata, para el 'fusarium circinatum' del pino, o para la flavescencia dorada de la vid.

En el caso de los viveros, éstos deben estar inscritos en los correspondientes registros oficiales, y no es posible otorgar ayudas si, en el momento de la inspección inicial, el vivero no ha cumplido ese trámite.

Las ayudas se destinan a financiar procesos de destrucción, desinfección, esterilización o tratamientos aplicados a los vegetales contaminados, a sustratos de cultivo y terrenos reconocidos como contaminados. También se pueden utilizar para financiar materias de producción, acondicionamiento, embalaje o almacenamiento, así como medios de transporte que estuvieran en contacto con dichos vegetales.

Las solicitudes deben presentarse preferiblemente por vía electrónica a través de la sede electrónica de la Xunta. El plazo para pedir las ayudas es de un mes a partir de este miércoles.

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