El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso de apelación presentado contra la sentencia de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense que condenó a 23 años y seis meses de cárcel al acusado del tiroteo sucedido en la estación de servicio de Tamallancos, en el municipio ourensano de Vilamarín.

El tribunal lo consideró autor de dos delitos de intento de asesinato, de intento de homicidio, de lesiones con instrumento peligroso y de tenencia ilícita de armas. Los magistrados absolvieron a la mujer del acusado como cooperadora necesaria y cómplice. Ahora, el alto tribunal gallego ratifica el fallo.

Entre otros argumentos, sostiene, frente al recurso del apelante, que "los disparos (excepto el primero) se efectúan desde una corta distancia y se dirigen a zonas vitales(excepto el primero)". "También quedó perfectamente probado que el acusado los persigue por la gasolinera", señala sobre los hechos y en relación a las víctimas.

En su fallo, la Audiencia de Ourense le condenó como autor de un tiroteo en la gasolinera de Tamallancos tras abrir fuego contra varias personas, armado con una escopeta. Lo sucedido se remonta al 8 de marzo de 2022 debido a un conflicto entre dos familias de etnia gitana. Se citaron en la gasolinera del ayuntamiento ourensano de Vilamarín para recoger a la hija menor de edad de una de las partes, que mantenía una relación sentimental con el hijo de la otra familia.

La causa de las desavenencias entre ambas familias partían precisamente de la relación entre los jóvenes, ya que el novio y su familia pretendían llevar a la menor a Ferrol, donde ya habían convivido con anterioridad, pero ella y sus progenitores se oponían. Según el escrito fiscal el padre de la chica, ahora condenado, se presentó en la gasolinera con una escopeta semiautomática, con el número de identificación eliminado, y "con la intención de terminar con la vida" del padre del novio de su hija y del mismo.

Según la versión del Ministerio Fiscal, el progenitor de la menor disparó contra el chico y contra su madre cuando esta gritó. Todo eso en el aparcamiento de la gasolinera para, acto seguido, persiguer a padre y hijo hacia el interior del establecimiento, donde disparó dos veces más alcanzando también a un cliente.

Durante el juicio, la defensa del acusado sostuvo que "su intención no era matar", sino "asustar" a la familia. Sin embargo, la sentencia recoge que "la simple intención de lesionar no concuerda con la utilización de un instrumento tan peligroso para la vida" como es "esa escopeta de caza, cargada con perdigones", así como con "la dinámica comisiva, apuntando a las extremidades superiores", lo que para la Sala "ilustra el ánimo homicida".

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