La Fiscalía ha archivado la denuncia de la madre que pidió paralizar, a través de Abogados Cristianos, la prestación de la eutanasia solicitada por su hija, una mujer de 54 años que padece esclerosis múltiple, en el área sanitaria de Santiago.
Según han informado fuentes consultadas por Europa Press, el Servizo Galego de Saúde (Sergas) ha recibido en la mañana de este martes la documentación del Ministerio público con el archivo del caso por lo que el procedimiento continuará de acuerdo a lo establecido en la Ley 3/2021 de regulación de la eutanasia.
En concreto, la eutanasia estaba programada para el pasado día 2 de noviembre, pero los profesionales sanitarios no pudieron acceder al domicilio, al no abrirles la madre de la mujer. Tras ello, tal y como informó el conselleiro de Sanidade, Julio García Comeseñala, la Xunta remitió el caso a la Fiscalía.
La mujer solicitó que se le practicase la eutanasia y la comisión que la evaluó sostuvo, entre otras cuestiones, que padecía dolores insoportables. Con todo, la madre, tal y como señaló Abogados Cristianos, negó este aspecto al señalar que no se ajusta a la verdad.
Tras conocerse el caso, el titular de Sanidade señaló que "hay que respetar la voluntad del paciente, también el trabajo de los profesionales y ser sensibles a la opinión del familiar". Además, subrayó que en Galicia la ley de eutanasia "se cumple al pie de la letra" y que este caso "cumple con todas las garantías que la ley establece".
¿Cómo está regulada la eutanasia en España?
En marzo de 2021, el Congreso de los Diputados de España aprobó una ley que despenaliza la eutanasia y el suicidio asistido. La ley permite a las personas mayores de edad y con una enfermedad grave e incurable, o en situación de sufrimiento crónico insoportable, solicitar ayuda médica para morir. La normativa establece un proceso detallado y garantías legales para proteger los derechos y la voluntad del paciente.
Algunos aspectos clave de la ley de eutanasia en España incluyen:
- Requisitos del paciente: La persona debe ser mayor de edad, capaz y consciente en el momento de realizar la solicitud. La enfermedad o situación de sufrimiento debe ser grave e incurable.
- Proceso de solicitud: El paciente debe presentar su solicitud de manera voluntaria y por escrito en dos ocasiones, con un intervalo de al menos 15 días entre ambas. Además, debe confirmar su voluntad de recibir ayuda para morir en una tercera ocasión, después de haber transcurrido al menos siete días desde la segunda solicitud.
- Evaluación médica: La solicitud será evaluada por dos médicos, uno de los cuales no debe estar directamente involucrado en la atención del paciente. Ambos médicos deben confirmar la gravedad e incurabilidad de la enfermedad y asegurarse de que el paciente esté informado de todas las opciones médicas disponibles.
- Comisión de control: Se establece una comisión de control autonómica que supervisará el proceso y revisará los informes médicos.