Normalmente asociamos el calor y el trabajo a profesiones ligadas al mundo de la construcción, la agricultura o procesos industriales. Sin embargo, no es necesario cavar zanjas a pleno sol para que el calor suponga un riesgo laboral que comprometa nuestra salud. Desde Comisiones Obreras recuerdan que este es un "riesgo laboral reconocido" y que el cambio climático está provocando que los episodios de calor extremo sean cada vez más intensos y prolongados, por lo que las medidas de prevención deben aplicarse "en casi cualquier actividad".
Actividades ligadas al mar, como percebeiros o bateeiros, o incluso los profesionales de la hostelería sufren también muchas veces estos episodios de altas temperaturas y deben estar muy atentos a los síntomas asociados a los golpes de calor. Los límites de temperatura fijados por ley en locales cerrados deben de ser de hasta 27ºC "donde se hagan trabajos sedentarios propios de oficinas o similares, y hasta 25º donde se hagan trabajos ligeros".
No dice nada, sin embargo, de aquellos lugares en los que se realicen trabajos intensos en locales cerrados o al aire libre, algo que desde CC.OO. reclaman a las autoridades para redactar una normativa en ese sentido más allá de los acuerdos sectoriales. En ese texto, inciden que será fundamental identificar los trabajos en los que exista un riesgo de exposición a altas temperaturas y evaluar los riesgos existentes para elaborar un plan de acción específico y planificar las medidas en el plan de prevención.
Más formación e información para empleados y mandos, incorporar medidas organizativas, descansos y pausas en ambientes frescos, ropa de trabajo adecuada para ambientes cálidos o el uso de lentes protectoras o cremas para evitar la exposición directa al sol son otros de los aspectos a tener en cuenta. Además, de ser necesario, en caso de que se detecte que algún trabajador muestra síntomas por un golpe de calor, paralizar la actividad y denunciar el riesgo ante Inspección de Trabajo.
IDENTIFICAR UN GOLPE DE CALOR O UNA INSOLACIÓN
Entre los síntomas podemos apreciar náuseas, mareos, vómitos, sudoración excesiva, piel fría o pálida o dolor de cabeza. Beber agua con frecuencia, a pequeños tragos, aflojar la ropa o aplicar paños fríos en zonas como la cabeza para regular la temperatura son algunas recomendaciones ante la aparición de alguno de estos síntomas, además de acudir a un centro de salud para recibir atención médica.
La insolación, en cambio, puede provocar desmayos, fiebre, piel caliente y colorada y hasta convulsiones o alucionaciones. "La insolación es una urgencia vital que requiere llamar de contado al 112. Mientras no llega la ayuda, la persona debe estar en un lugar fresco y se procurará rebajarle la temperatura con paños fríos o mojándola en agua fría, pero no darle de beber", reiteran desde el sindicato.
"La Ley de prevención de riesgos facilita herramientas de sobra para afrontar este problema, pues recoge derechos como la protección frente a los riesgos y el deber del empresario de proteger la salud de los trabajadores; el principio de la acción preventiva —evitar riesgos—; la idoneidad de los equipos de trabajo y de los medios de protección; formación idónea para el personal en materia de prevención; deber del empresario de analizar los posibles riesgos; o incluso el derecho del personal a interrumpir una actividad y abandonar el lugar de trabajo se considera que implica un riesgo grave o inminente para su vida o salud, entre otros aspectos", concluyen.