El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ourense ha fallado la exoneración de una deuda de 17.154,7 euros a un particular, quien también podrán mantener su vivienda gracias a la ley de la segunda oportunidad.

Este fallo, con fecha de abril de 2023, acuerda conceder la exoneración del pasivo insatisfecho e incluye que este vecino de Ourense pueda mantener su vivienda en propiedad, con el acuerdo de una hipoteca asumible.

Según explica la Asociación de Ayuda al Endeudamiento en un comunicado, este caso se trata de un hombre que contaba con una nómina que "no le permitía cubrir los gastos de su unidad familiar, ya que dependíaneconómicamente de él su exmujer y un sobrino de esta". "Esto hizo que empezara a contratar diferentes préstamos y tarjetas para ayudar a familiares", lo que creó una deuda imposible de afrontar.

En este tipo de proceso, se presenta un escrito ante el juzgado en el que se informa de la situación del deudor y se comienza un periodo de negociaciones, por el cual el afectado no debe pagar nada y está protegido de embargos hasta el final del proceso. Tras presentarse ante notario un plan de pagos --que los acreedores rechazaron--, se hizo efectiva la solicitud de demanda de concurso ante el juzgado.

Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos, que han cambiado con la reforma concursal. Estos son: la insolvencia del interesado, no haber sido exonerado en los últimos 5 años y carecer de delitos de orden socioeconómico.

 

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