Un matrimonio ha conseguido una sentencia favorable de los Juzgados de Pontevedra que le permitirá conservar su local de peluquería al quedar exentos de pagar los 123.642,09 euros de deuda hipotecaria que habían contraído, tras la aplicación de la Ley de la Segunda Oportunidad.

El fallo ha sido comunicado por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, a la que recurrió la pareja para buscar una solución. Según ha explicado la asociación en un comunicado, los problemas del matrimonio "comenzaron en 2008 con el estallido de la crisis financiera, que generó que la facturación de su peluquería se redujera hasta el punto de quedarse al borde del cierre".

Según indica la sentencia, el 28 de junio de 2021 el matrimonio registró la solicitud del Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI). De esta forma, conforme a la Ley Concursal --en su versión anterior al 26 de septiembre de 2022--, se intentó llegar a un acuerdo conjunto con todos los acreedores.

Así, el fallo indica que la deuda superaba el valor de la garantía hipotecaria, y el crédito no estaba vencido por estar al corriente en el pago de las cuotas, por lo que "no tiene sentido realizar el bien mientras estas circunstancias se mantengan, ya que la venta del bien hipotecado no puede beneficiar a los demás acreedores".

La sentencia señala que el único efecto conseguido en este caso sería el de perjudicar al acreedor hipotecario, que está cobrando su crédito, y a los deudores, que pierden su inmueble.

De este modo, el matrimonio pudo acogerse, según señala el comunicado de la Asociación, a los requisitos de la Ley de la Segunda Oportunidad. Estos son la insolvencia del deudor, no haber estado en concurso en los anteriores cinco años y carecer de antecedentes penales socioeconómicos.

Así, la sentencia dictó la resolución definitiva concediendo elBEPI y dejando a los deudores libres de pagar euros 123.642,09 euros. Además, el local sigue siendo de su propiedad.

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