El Tribunal Supremo ha confirmado la demolición de un apartahotel en O Grove (Pontevedra), tras desestimar el recurso de casación interpuesto por la Sociedad Turística San Martiño y el promotor del edificio, según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
Ambas partes presentaron recurso contra la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), de 28 de febrero de 2013, en la que se confirmó la paralización de las obras de construcción del edificio, situado en O Bao-Ardía, en Ayuntamiento de O Grove.
También ha ratificado la multa de 339.648 euros impuesta al promotor de la obra, ordenando volver los terrenos a su primitivo estado en el plazo de un mes.
El TSXG concluyó que las obras no respetaban la distancia e invadían la servidumbre de protección, que según la Ley de Costas, recaerá sobre una zona de 100 metros medida tierra adentro desde el límite interior de la ribera del mar.
DEMOLICIÓN EN CONJUNTO
El Tribunal Supremo confirma ahora el contenido de la sentencia sobre la demolición. En este sentido, asegura que "puede ser parcial cuando haya partes diferenciadas e independientes, extremo que en este caso no consta que ocurra".
Además, argumenta que, tratándose de un apartahotel, "que es una unidad constructiva indivisible, no es posible considerarlo de forma parcial".
En consecuencia, añade que tanto la demolición como la valoración ha de ser del conjunto, no por zonas, una vez que no acredita que se trate de partes separables y no de un conjunto", indica en respuesta a la tesis defendida por los recurrentes.