El comisionado reitera que el control preventivo sobre Popular fue "ineficaz" para garantizar transparencia y derechos de los inversores

El Ministerio de Economía, tanto bajo el mandato de Luis de Guindos como de Nadia Calviño, rechazó las dos peticiones del Defensor del Pueblo para que la Administración instase a Banco Santander a implantar una solución extrajudicial a los accionistas minoristas afectados por la resolución de Banco Popular en junio de 2017, según pone de manifiesto el Defensor del Pueblo en su memoria anual correspondiente al ejercicio 2018.

En su informe anterior, el Defensor del Pueblo comunicó que había formulado una recomendación a la Secretaria de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad para que pidiese a la entidad presidida por Ana Botín que valorase la creación de una solución extrajudicial para los accionistas minoritarios y los titulares de deuda subordinada de Popular antes de su resolución.

En la edición actual, el organismo informa de que dicha recomendación fue rechazada bajo los argumentos de que Santander es una entidad de crédito privada que puede adoptar las decisiones que estime convenientes dentro del marco de la normativa aplicable, que los afectados pueden acudir a la vía judicial y que por tanto no están indefensos, y que ni la decisión de la Junta Única de Resolución (JUR) ni la resolución del FROB dirigida a ejecutarla establecieron obligación alguna para que el comprador procediese a decisiones extrajudiciales.

El Defensor del Pueblo no compartía este criterio, ya que el objeto de su actuación era proporcionar a las personas afectadas una solución extrajudicial que evitase llegar al litigio judicial.

Por ello, decidió dirigirse a la Secretaría de Estado del ahora Ministerio de Economía y Empresa para trasladar la misma recomendación, dirigida a la Administración Pública y no al banco, para que el Ministerio instase al banco a implantar dicho dispositivo. La petición fue nuevamente rechazada.

Como ya hizo en su informe anual de 2017, el Defensor del Pueblo ha criticado que el control preventivo sobre Popular fue "ineficaz" para garantizar la transparencia y los derechos de los inversores, dado que "no se detectaron los problemas" que llevaron a la resolución de la entidad.

El organismo ha puesto de manifiesto que la Ley del Mercado de Valores establece que la información del folleto debe permitir a los inversores evaluar con la suficiente información los activos y pasivos, la situación financiera, beneficios y pérdidas, así como las perspectivas del emisor y los derechos inherentes a los valores.

"Los inversores toman una decisión teniendo en cuenta la información del folleto sin medios para poder comprobar los datos. Si el folleto contiene información errónea o no veraz, entonces los accionistas pueden invertir seriamente confundidos", indica en su memoria anual, en la que apostilla que la falta de información "ha originado indefensión a los accionistas minoristas y a los titulares de deuda subordinada".

CLÁUSULAS SUELO
El Defensor del Pueblo también se refiere en su memoria de 2018 al real decreto ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, que instaba a las entidades de crédito a la creación de un mecanismo ágil de pago de las cantidades cobradas indebidamente.

El organismo ha denunciado que algunas entidades financieras no han respondido a las reclamaciones de los clientes. El Defensor del Pueblo considera que es voluntario para los consumidores pero que las entidades tienen la obligación de dar respuesta, ya sea estimatoria o desestimatoria, mientras que la Secretaría de Estado justifica su no intervención por ser "un mecanismo voluntario ágil de pago de las cantidades cobradas indebidamente".

Debido a la diferencia de criterio entre ambos, el Defensor del Pueblo ha procedido a terminar la actuación de oficio que inició ante la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa tras tener conocimiento en 2017 de que algunas entidades no estaban respondiendo a las reclamaciones de los clientes.

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