No se vigiló correctamente la vía que le pusieron a un recién nacido de 11 días cuando lo operaron, dictamina la Justicia

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Santiago de Compostela ha condenado al Sergas y a su compañía de seguros a indemnizar en 183.000 euros a los padres y el hermano de un niño que sufrió la amputación de los dedos de un pie y la deformidad de esa extremidad como consecuencia de una mala praxis durante una intervención quirúrgica realizada en el Complexo Hospitalario Universitario de Vigo.







Así, el juzgado estima parcialmente el recurso interpuesto por la familia del menor --de la zona del Val Miñor--, representada por el despacho de Cipriano Castreje Martínez, contra una resolución del Sergas que rechazaba la reclamación inicialmente presentada ante Sanidade.


OPERACIÓN A UN PREMATURO

Los hechos se remontan a agosto de 2015, cuando el niño, que fue un bebé prematuro, tenía solo 11 días de vida. El menor fue sometido a una intervención quirúrgica de urgencia por una perforación en el colón y, para la operación, le fue colocada una vía en el pie derecho, y se le cubrió todo el cuerpo para evitar la hipotermia.


Durante esa intervención se produjo una extravasación venosa del suero en esa vía, que causó ulceración, isquemia en los dedos y planta del pie, y una necrosis irreversible. Ese grave problema no fue detectado en el momento, debido a que el cuerpo del bebé estaba cubierto, y no se podía vigilar la vía.


El juzgado Contencioso Administrativo señala que la necesidad de cubrir al paciente para evitar la hipotermia no debía impedir el control de esa vía, especialmente al tratarse de un bebé prematuro, dada la fragilidad de sus tejidos y paredes venosas. Por tanto, las vías deben estar a la vista para poder ser controladas en todo momento durante la operación, y "está claro que en este caso no se hizo así", según ha subrayado el abogado de la familia, Cipriano Castreje.


MALA PRAXIS

Por todo ello, la sentencia establece que se produjo una mala praxis, una "omisión del deber de vigilancia durante las dos horas que duró la intervención", lo que impidió detectar las complicaciones. Como consecuencia de los daños sufridos, el bebé tuvo que ser intervenido otra vez para amputarle cuatro dedos, y padece una deformidad del pie, con las consiguientes dificultades para caminar.


El juzgado, no obstante, rechaza que no se produjera el consentimiento informado, como alegaba la parte denunciante, y considera que los padres del bebé fueron informados de los procedimientos realizados, la necesidad de los mismos y sus posibles complicaciones.


En la resolución, que no es firme y puede ser recurrida, se condena al Sergas a indemnizar en 150.000 euros al paciente, en 15.000 euros a su madre, en otros 15.000 euros a su padre, y en 3.000 euros a su hermano.

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